REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL SEGUNDO DE EJECUCIÓN

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL

Tribunal SEGUNDO de Primera Instancia Penal en Función de Ejecución del Circuito Judicial Penal del Estado Monagas
Maturín, 16 de Octubre de 2014
204º y 155º

ASUNTO PRINCIPAL : NP01-P-2010-008588
ASUNTO : NP01-P-2010-008588


Por cuanto este Tribunal lo estima necesario; antes de Decretar Libertad Plena a favor del ciudadano JOSE GREGRORIO FLORES CAMPOS; previamente observa lo siguiente:

UNICO: En fecha 19 de Octubre del año 2012, el Juzgado Quinto de Primera Instancia en lo Penal en Función de Juicio de este Circuito Judicial Penal, publicó sentencia mediante la cual CONDENO al ciudadano JOSE GREGORIO FLORES CAMPOS, venezolano, titular de la Cedula de Identidad Nº 16.516.315, de 36 años de edad, natural de Maturín donde nació en fecha 24/08/1972, hijo de Ligia Elena Flores Campos (V) Y Wilfredo José Flores (V), de profesión u oficio: ayudante de Albañilería; a cumplir la pena de a cumplir la pena de cuatro (04) años de prisión, mas las penas accesorias previstas en el artículo 16 del código penal, por la comisión del delito de Ocultamiento de Sustancias Estupefacientes y Psicotrópicas, previsto en el artículo 149 de la Ley Orgánica de Drogas, en perjuicio del Estado Venezolano; actualmente recluido en el Internado Judicial Penal de esta Entidad Federal.

Ahora bien, de las actuaciones cursantes en el presente asunto, se desprende que el ciudadano JOSE GREGORIO FLORES CAMPOS, fue aprehendido en fecha 15 de Octubre de 2010, permaneciendo privado de su libertad hasta la presente fecha 16-10-2014; y dado que fue condenado a cumplir la pena de cuatro (04) años de prisión, la cual termino de cumplir en fecha 15-10-2014 a las 12:00 horas de la noche; lo cual certifica que el mismo, ha cumplido con la pena impuesta, y por ende se extinguió su responsabilidad criminal, tal como lo estatuye el artículo 105 de nuestra Ley Sustantiva Penal; por ello se DECRETA SU LIBERTAD PLENA. ASI EXPRESAMENTE SE DECIDE.

DISPOSITIVA

Por el razonamiento anteriormente señalado, este Órgano Jurisdiccional administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad que le confiere la Ley; DECRETA LIBERTAD PLENA, a favor del ciudadano JOSE GREGORIO FLORES CAMPOS, ampliamente identificado ut supra; en virtud de que el mismo cumplió a esta fecha con la pena impuesta; extinguiéndose así su responsabilidad criminal conforme al contenido del artículo 105 del Código Penal.

Regístrese, diaricese y déjese copia certificada por Secretaría. Notifíquese al Fiscal Séptimo del Ministerio Público de esta Circunscripción Judicial, al ciudadano JOSE GREGORIO FLORES CAMPOS y a su Defensa de la presente decisión; e igualmente se acuerda remitir copias certificadas de la sentencia y este auto, al Jefe del Departamento de Vigilancia y Sanciones Penales del Ministerio de Poder Popular para Interior y Justicia, así como a la División de Antecedentes Penales de ese mismo Ministerio; igualmente a la Jefa de la Unidad Técnica de Supervisión y Orientación.
EL JUEZ

ABG. MARIA ALEJANDRA CARIAS




EL SECRETARIO

ABG. ALEXA VALLENILLA