REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
TRIBUNAL DÉCIMO CUARTO DE PRIMERA INSTANCIA DE SUSTANCIACIÓN, MEDIACIÓN Y EJECUCIÓN, DEL CIRCUITO JUDICIAL LABORAL DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA
MARACAIBO, siete (07) de octubre de 2014
204º Y 155º
Nº DE EXPEDIENTE: VP01-S-2014-000526
CONSIGNATARIO: FARMACIA TIERRA NEGRA, C.A.
APODERADA: KAREN OCANDO
BENEFICIARIO: ANGEL GONZALEZ
APODERADO: MARIA EUGENIA LOBO
MOTIVO: CONSIGNACIONES DE PRESTACIONES SOCIALES
SENTENCIA INTERLOCUTORIA CON FUERZA DE DEFINITIVA
Vista la transacción suscrita por los ciudadanos GIORDANY PRIETO y GIANCARLOS PRIETO, actuando en su carácter de Vicepresidentes de la sociedad mercantil FARMACIA TIERRA NEGRA, C.A, asistidos por la abogada en ejercicio KAREN OCANDO, por una parte y por la otra el ciudadano ANGEL GONZALEZ, asistido por la abogada en ejercicio MARIA LOBO, donde de mutuo acuerdo han convenido en celebrar transacción, con el fin de evitar un eventual litigio, conviene en que la sociedad mercantil FARMACIA TIERRA NEGRA, C.A., le cancele al ciudadano ANGEL GONZALEZ, la cantidad de (Bs. 8.183,20), cancelado mediante un (01) instrumento cambiario número 00036658, de la entidad financiera Banco Banesco, de fecha 01 de octubre de 2014, a nombre del ciudadano ANGELGONZALEZ, recibido por esta en el acto, libre de constreñimiento y sin presión alguna. Este Tribunal Décimo Cuarto de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Circuito Judicial Laboral de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia, revisada y visto que la misma reúne los requisitos establecidos en el artículo 19 de la Ley Orgánica del Trabajo, los Trabajadores y la Trabajadora; los artículos 10 y 11 del Reglamento, y por lo cual no vulnera normas de orden público, en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por autoridad de ley homologa el acuerdo transaccional, presentado por las partes, se le imparte el carácter de cosa juzgada. Se ordena la expedición de copias certificadas a las partes, el cierre del expediente y su remisión al archivo judicial.
LA JUEZ

BERTHA LY VICUÑA DE MARQUEZ
LA SECRETARIA
MARIA ALEJANDRA NAVEGA