ACTA
Nº DE EXPEDIENTE: VP01-L-2014-000929
PARTE ACTORA: GLORIA TORRES
APODERADO DE LA PARTE ACTORA: CARLOS LINARES
PARTE DEMANDADA: TANIA MARIA MOLERO PAREDES
APODERADOS DE LA PARTE DEMANDADA: Keyla Méndez y Lenin Parra
MOTIVO: Prestaciones Sociales.
En el día hábil de hoy,8 de Octubre de 2014, siendo las 11:08 AM, oportunidad fijada para que tenga lugar la Audiencia Preliminar, comparecen los ciudadanos GLORIA TORRES y TANIA MARIA MOLERO PAREDES en su carácter de parte actora y demandada respectivamente, debidamente asistidos por abogados o representados por apoderados judiciales, quienes han llegado al siguiente acuerdo, de conformidad con lo previsto en el artículo 133 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo La parte demandada ofrece la cantidad de quince mil Bolívares (Bs. 15.000,00) para satisfacer así los conceptos reclamados en el escrito libelar los cuales le son entregados en este acto a través de cheque girado en contra de la Institución Financiera B.O.D. del cual se deja copia simple para ser agregado al expediente. En este estado la parte actora aceptó lo ofrecido libre de presión y con la asistencia legal correspondiente. Este Tribunal en vista de que la mediación ha sido positiva, de conformidad con lo previsto en el artículo 133 ejusdem, da por concluido el proceso y por cuanto el mismo no vulnera derechos irrenunciables del trabajador, ni normas de orden público, HOMOLOGA EL ACUERDO DE LAS PARTES, dándole efectos de la Cosa Juzgada. Se deja expresa constancia de la devolución de las pruebas aportadas al proceso.
El Juez
La Secretaria
Abg. Frank Guanipa
Los Presentes
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