REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL DUODÉCIMO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS MARACAIBO, JESÚS ENRIQUE LOSSADA Y SAN FRANCISCO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA.
S-054-14
En el Despacho del día de hoy¬¬¬ Miércoles Veinticinco (25) de Noviembre del año dos mil catorce (2.014), siendo las Diez de la mañana (10:00 a.m.) fecha y hora fijada de conformidad con lo acordado, a pedimento de parte y con la habilitación del tiempo que fuere necesario, se traslado y constituyó este TRIBUNAL DUODECIMO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS MARACAIBO, JESUS ENRIQUE LOSSADA Y SAN FRANCISCO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, en un inmueble sin nomenclatura visible, ubicado al margen de la prolongación Circunvalación No. 3, diagonal al inmueble signado con el No. 90C-18, Parroquia Francisco Eugenio Bustamante, Municipio Maracaibo del Estado Zulia, con el objeto de practicar la Inspección Judicial solicitada por la ciudadana AMBAR YSABEL OLIVEROS CRESPO, venezolana, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad No. 16.832.986 domiciliada en esta ciudad y Municipio Maracaibo del Estado Zulia, quien se encuentra presente en este acto, debidamente asistida por el abogado en ejercicio de este domicilio WEIMER DE LA HOZ, inscrito en el INPREABOGADO bajo el No. 57.828. Presente en el sitio antes mencionado se procedió a tocar reiteradamente la puerta de acceso al interior del terreno donde se encuentran edificados unos inmuebles, sin recibir respuesta alguna del interior del terreno. En este estado, presente la ciudadana AMBAR YSABEL OLIVEROS CRESPO, titular de la Cédula de Identidad No. 16.832.096, debidamente asistida por el abogado en ejercicio WEIMER DE LA HOZ, inscrito en el INPREABOGADO bajo el No. 57.828, expuso: Solicito al Tribunal difiera la práctica de la Inspección solicitada por cuanto en estos momentos no encuentro las llaves de acceso al interior del terreno donde se encuentra el inmueble objeto de la presente solicitud. Acto seguido, este Tribunal Duodécimo de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Maracaibo, Jesús Enrique Lossada y San Francisco de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia, vista la anterior solicitud, provee de conformidad con lo solicitado, en consecuencia ordena el retorno a su sede, ordenando fijar nueva oportunidad para la práctica de la misma cuando así se solicitado por la parte interesada.- Dejando expresa constancia que se ha dado cumplimiento a lo pautado en los artículos 26 y 254 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, relativos a la gratuidad de la justicia, por cuanto no le esta dado a este organismo establecer tasas y aranceles, o exigir pago alguno por los servicios prestados. Es todo. Terminó, siendo las diez y cincuenta minutos de la mañana (10:50 a.m.) se leyó y conformes firman.-
LA JUEZA TEMPORAL:
Dra. ZULAY VIRGINIA GUERRERO DELGADO.
LA SOLICITANTE Y SU
Y SU ABOGADO ASISTENTE:
EL SECRETARIO:
Abg. ANIBAL PERNIA PRIETO.
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