REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL QUINTO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS MARACAIBO, JESÚS ENRIQUE LOSSADA Y SAN FRANCISCO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA
Maracaibo, 10 de noviembre de 2014
204° y 155°
Recibida la anterior solicitud de DECLARACIÓN DE ÚNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS y sus recaudos, presentada por el ciudadano RAFAEL ÁNGEL MALDONADO, venezolano, mayor de edad, viudo, titular de la cédula de identidad N° 1.579.831, domiciliado en esta Ciudad y Municipio Maracaibo del Estado Zulia, debidamente asistido por la profesional del derecho, ciudadano RAIZA EDELMIRA MALDONADO ESCALANTE, inscrita en el Inpre-Abogado bajo el N° 85.268 y de igual domicilio. Désele entrada. Numérese. En consecuencia, este Tribunal la ADMITE cuanto a lugar en derecho, en virtud de la entrada en vigencia de la Resolución N° 2009-0006, de fecha 18 de marzo de 2009, emanada del Tribunal Supremo de Justicia y publicada en la Gaceta Oficial N° 39.152 de fecha 02 de abril de 2009, se tramitará por este Órgano jurisdiccional. Ahora bien solicita el ciudadano RAFAEL ÁNGEL MALDONADO, antes identificado que le sean declarados los derechos que tiene en común el y sus hijos, ciudadanos RAFAEL ÁNGEL MALDONADO ESCALANTE, ANA ROSIO MALDONADO ESCALANTE y RAIZA EDELMIRA MALDONADO ESCALANTE, venezolanos, mayores de edad, titular de la cédula de identidad N° 10.167.897, 11.502.916 y 12.634.286, respectivamente, como únicos y universales herederos de su causante ANA ALCIRA ESCALANTE DE MALDONADO, quién era venezolana, mayor de edad, casada, titular de la cédula de identidad Nº 1.557.407, fallecida en fecha 18 de mayo de 2014, en jurisdicción de la Parroquia Olegario Villalobos del Municipio Maracaibo del Estado Zulia. El solicitante acompaña junto a su solicitud los siguientes documentos: 1) Copia certificada del acta de defunción de la causante ANA ALCIRA ESCALANTE DE MALDONADO, signada con el N° 283, año 2014, expedida por la Unidad de Registro Civil de la Parroquia Olegario Villalobos del Municipio Maracaibo del Estado Zulia, en fecha 27 de mayo de 2014; 2) Copia simple y certificada del acta de matrimonio del ciudadano RAFAEL ANGEL MALDONADO y la causante ANA ALCIRA ESCALANTE, signada con el N° 314, año 1969, expedida por la Unidad de Registro Civil de la Parroquia La Concordia del Municipio San Cristóbal del Estado Táchira; 3) Copia certificada de la partida del ciudadano RAFAEL ANGEL MALDONADO ESCALANTE, signada con el N° 907, año 1970, expedida por la Unidad de Registro Civil de la Parroquia San Sebastián del Municipio San Cristóbal del Estado Táchira, en fecha 8 de octubre de 2014; 4) Copia certificada y simple de la partida de nacimiento de la ciudadana ANA ROSIO MALDONADO ESCALANTE, año 1973, folio 477, expedida por la Unidad de Registro Civil de la Parroquia La Concordia del Municipio San Cristóbal del Estado Táchira, en fecha 23 de octubre de 2014; 5) Copia certificada de la partida de nacimiento de la ciudadana RAIZA EDELMIRA MALDONADO ESCALANTE, signada con el N° 44, año 1976, expedida por la Oficina de Registro Civil del Municipio San Cristóbal del Estado Táchira, en fecha 9 de octubre de 2014; 6) Justificativo de testigo evacuado por ante la Notaría Pública Octava de Maracaibo del Estado Zulia, en fecha 5 de septiembre de 2014; 7) Documento Poder otorgado por ante la Notaría Pública Octava de Maracaibo, en fecha 4 de septiembre de 2014 y 8) Copia de fotostática de las cédulas de identidad y registro de información fiscal (Rif) de los ciudadanos RAFAEL ÁNGEL MALDONADO, RAFAEL ÁNGEL MALDONADO ESCALANTE, ANA ROSIO MALDONADO ESCALANTE y RAIZA EDELMIRA MALDONADO ESCALANTE y de la causante ANA ALCIRA ESCALANTE DE MALDONADO. Ahora bien, examinados como han sido los documentos consignados por la solicitante, este Juzgado dejando a salvo los derechos de terceros conforme lo establece el artículo 937 del Código de Procedimiento Civil, considera cumplidos los requisitos de procedencia de la presente solicitud y en consecuencia, DECLARA como ÚNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS de la derechos de la causante ANA ALCIRA ESCALANTE DE MALDONADO, a los ciudadanos RAFAEL ÁNGEL MALDONADO, RAFAEL ÁNGEL MALDONADO ESCALANTE, ANA ROSIO MALDONADO ESCALANTE y RAIZA EDELMIRA MALDONADO ESCALANTE, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad Nros. 1.579.831, 10.167.897, 11.502.916 y 12.634.286, respectivamente. ASI SE DECIDE. Devuélvase estas actuaciones en original al solicitante y déjese copia certificada de la misma, a los fines de que reposen en el archivo del Tribunal. Se ordena expedir por Secretaría las copias certificadas solicitadas. Expídase.
LA JUEZA TITULAR
XIOMARA REYES LA SECRETARIA ACCIDENTAL
MARIA ALEJANDRA CARDENAS MENDEZ
XR/isa.
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