REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Juzgado Segundo de Primera Instancia de Mediación, Sustanciación y Ejecución del Circuito de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Bolivariano de Nueva Esparta
La Asunción, seis de noviembre de dos mil catorce
204º y 155º
ASUNTO: OP02-V-2014-000353
INICIO DE LA FASE DE SUSTANCIACIÓN
En el día de hoy, seis de noviembre de dos mil catorce, siendo las nueve de la mañana (09:00 a.m.), oportunidad para que tenga lugar Inicio de la Fase de Sustanciación de la Audiencia Preliminar a la que se contrae el artículo 475 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes, con ocasión a la demanda de Régimen de Convivencia Familiar incoada por el ciudadano Luigi Rossi, italiano, mayor de edad y titular de la cédula de identidad Nº E-82.055.062 contra la ciudadana Carmen Josefa Latouche Burgos, venezolana, mayor de edad y titular de la cédula de identidad Nº V-9.934.181, en beneficio de los adolescentes “Cuyas identidades se omiten de conformidad con lo establecido en el Articulo 65, de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes”, respectivamente. Anunciado dicho acto a las puertas del Circuito por el Alguacil adscrito a este Juzgado, se deja constancia que compareció al acto el ciudadano Luigi Rossi, quien expone: Quiero retirar la demanda por cuanto me he dado cuenta que esta no es la vía para lograr lo que yo quiero. Es todo. Oida la manifestación del ciudadano Luigi Rossi, parte actora en este asunto y como quiera que la parte demandada no compareció al acto aun cuando se encuentra a derecho, la Jueza acuerda en conformidad con lo solicitado. En consecuencia, este Juzgado Segundo de Mediación, Sustanciación y Ejecución del Circuito de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Nueva Esparta, actuando en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, HOMOLOGA EL DESISTIMIENTO DE LA PRESENTE DEMANDA DE RÉGIMEN DE CONVIVENCIA FAMILIAR, incoado por el ciudadano Luigi Rossi, italiano, mayor de edad y titular de la cédula de identidad Nº E-82.055.062 contra la ciudadana Carmen Josefa Latouche Burgos, venezolana, mayor de edad y titular de la cédula de identidad Nº V-9.934.181 y lo da por terminado. Es todo. Terminó, se leyó y conformes firman.
La Jueza,
Fanny Luz Márquez M.
La parte actora,
LA SECRETARIA,
Merlyn Prieto Velásquez
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