REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Tribunal Noveno de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Circuito Judicial Laboral de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia
Maracaibo, 5 de Noviembre de Dos Mil Catorce.
204º y 155º
ASUNTO: VP01-L-2014-000799
SENTENCIA INTERLOCUTORIA CON FUERZA DEFINITIVA.
Vista y revisada como ha sido la diligencia de fecha 30 de Octubre de 2014, presentada por ante La Unidad Receptora Distribuidora de
Documentos de este Circuito Judicial Laboral, por la ciudadana AHIROL DEL CARMEN PÉREZ LANDINO, venezolana, titular de la cédula de identidad No. 14.233.243 parte demandante, asistida por la abogada en Adriana Sánchez, inscrita por ante el Inpreabogado bajo el No. 98.061, en el juicio de Prestaciones Sociales y Otros Conceptos Laborales incoado en contra de la Sociedad Mercantil MEGA FIESTA COMPAÑÍA ANONIMA. Este Juzgador antes de pronunciarse a lo solicitado por la actora, establece las siguientes consideraciones: El Desistimiento, según el procesalista “Rangel Ronberg,” es la declaración unilateral de voluntad del actor por la cual éste renuncia o abandona la pretensión que ha hecho valer en la demanda, sin necesidad del consentimiento de la parte contraria. Establece igualmente nuestro ordenamiento jurídico, que el Desistimiento puede efectuarse en cualquier estado y grado de la causa hasta tanto no se haya proferido sentencia firme o que haya culminado el juicio por cualquier otro medio que tenga fuerza de tal. Este Tribunal Noveno de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Circuito Judicial Laboral de la Circunscripción judicial del Estado Zulia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, HOMOLOGA EL DESISTIMIETO DEL PROCEDIMIENTO, solicitado por la parte actora Ahirol Pérez Landino, impartiéndole el carácter de cosa Juzgada; se da por terminado el presente asunto
y se ordena su archivo definitivo. No hay condenatoria en costas por la naturaleza del fallo. Así se decide
EL JUEZ
Abg. FEDERICO RODRIGUEZ PETIT. LA SECRETARIA.
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