ACTA



Nº DE EXPEDIENTE: VP01-L-2014-001638
PARTE ACTORA: SERGUEI ANTOLI ROMERO PARRA
APODERADOS DE LA PARTE ACTORA: Ana Rodríguez
PARTE DEMANDADA: CONSTRUCCIONES VENEZOLANOS, C.A (CONVECA)
APODERADA DE LA PARTE DEMANDADA: Norcy González
MOTIVO: Diferencias de Prestaciones Sociales.

En el día hábil de hoy,11 de Noviembre de 2014, siendo las 9:26 AM, oportunidad para que tenga lugar la Audiencia Preliminar, comparecen los ciudadanos SERGUEI ANTOLI ROMERO PARRA y CONSTRUCCIONES VENEZOLANOS, C.A (CONVECA) en su carácter de parte actora y demandada respectivamente, debidamente asistidos por abogados o representados por apoderados judiciales , quienes han llegado al siguiente acuerdo, de conformidad con lo previsto en el artículo 133 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo La parte demandada ofrece la cantidad de diez mil Bolívares (Bs. 10.000,00) para satisfacer así los conceptos reclamados en el escrito libelar, los cuales le son entregados en este acto al ciudadano extrabajador a través de cheque girado en contra de la Institución Financiera MERCANTIL Banco Universal signado bajo el numero: 821044255 del cual se deja copia simple para ser agregado al expediente. En este estado la parte actora aceptó lo ofrecido libre de presión y con la asistencia legal correspondiente. Este Tribunal en vista de que la mediación ha sido positiva, de conformidad con lo previsto en el artículo 133 ejusdem, da por concluido el proceso y por cuanto el mismo no vulnera derechos irrenunciables del trabajador, ni normas de orden público, HOMOLOGA EL ACUERDO DE LAS PARTES, dándole efectos de la Cosa Juzgada. Las partes presentan escrito el cual se ordena agregar al expediente.


El Juez

El Secretario

Abg. Frank Guanipa





Los Presentes