REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO TERCERO DE PRIMERA INSTANCIA DE SUSTANCIACIÓN, MEDIACIÓN Y EJECUCIÓN DEL TRABAJO. EXTENSIÓN CABIMAS.

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL

Tribunal Tercero de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución Laboral de La Circunscripción Judicial del Estado Zulia Extensión Cabimas
Cabimas, Siete (07) de Noviembre de Dos Mil Catorce (2014)
204º y 155º



ASUNTO : VP21-S-2014-000639



Parte Oferida: DANIEL CARO LAMEDA, Venezolana, Titular de la cedula de Identidad N° V- 18.795.280, mayor de edad, domiciliado en Municipio Lagunillas del Estado Zulia.

Apoderado Judicial
de la parte Oferida.-
No se constituyo apoderado alguno

Parte Oferente: CEMENTACIONES PETROLERAS VENEZOLANAS S.A, (CPVEN), domiciliado en el Municipio Lagunillas del Estado Zulia.

Apoderada Judicial
de la parte Oferente:
HUGO LOPEZ, venezolanos, mayores de edad, abogados en ejercicio, inscritos en el Inpreabogado bajo el N° 12450.
.

Motivo: Oferta Real de Pago.



Hoy, Siete (07) de Noviembre de Dos Mil Catorce (2014), siendo las 9:00 a.m día y hora fijada para que tenga lugar la apertura de la audiencia para mediar sobre la Consignación de Prestaciones Sociales y Otros conceptos Laborales realizada, se anuncia la misma y, se constituye este Tribunal bajo la dirección de la Ciudadana Jueza MARIA AUXILIADORA CUBA, quien declaró abierto éste acto y constató la incomparecencia de ambas parte: Oferente y Oferida, ni por si ni por medio de representante o apoderado alguno , por lo que no fue posible la mediación en este asunto.