REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO TERCERO DE PRIMERA INSTANCIA DE SUSTANCIACIÓN, MEDIACIÓN Y EJECUCIÓN DEL TRABAJO. EXTENSIÓN CABIMAS.

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Tribunal Tercero de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución Laboral de La Circunscripción Judicial del Estado Zulia Extensión Cabimas

Cabimas, veinticinco (25) de noviembre de dos mil Catorce
204º y 155º

ASUNTO: VP21-S-2014-000811

Parte Beneficiaria: ALEXANDER JESUS CASTILLO ATENCIO, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad número V- 11.295.542, domiciliado en el Municipio Cabimas del Estado Zulia.

Abogado Asistente
de la parte actora: No se constituyó apoderado judicial alguno.

Parte Consignante: ASOCIACIÓN COOPERATIVA MAGAVI, R.S., domiciliada en el Estado Zulia.

Apoderados Judiciales
de la parte consignante: No se constituyó apoderado judicial alguno.


Motivo: Oferta Real de Pago.



Hoy, veinticinco (25) de Noviembre de Dos Mil Catorce (2014), siendo las 9:00 a.m día y hora fijada para que tenga lugar la apertura de la audiencia para mediar sobre la Consignación de Prestaciones Sociales y Otros conceptos Laborales realizada, se anuncia la misma y, se constituye este Tribunal bajo la dirección de la Ciudadana Jueza MARIA AUXILIADORA CUBA VARELA, quien declaró abierto éste acto y constató la incomparecencia de ambas parte: Oferente y Oferida, ni por si ni por medio de representante o apoderado alguno, por lo que no fue posible la mediación en este asunto.