República Bolivariana de Venezuela
En su nombre:
Tribunal de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes
Circunscripción Judicial del Estado Zulia
Sala de Juicio – Juez Unipersonal No. 4

Expediente: 152.
Causa: Medida de Protección.
Solicitante: Instituto Nacional del Menor.
Beneficiarios: DISNEY SALAZAR y RICHARD ANTONIO BEN SALAZAR.

PARTE NARRATIVA

Se inició el presente procedimiento por solicitud de Medida de Protección, emanada del Instituto Nacional del Menor, en beneficio de la ciudadana DISNEY SALAZAR y RICHARD ANTONIO BEN SALAZAR.

En fecha 11 de octubre de 1988, el extinto Juzgado Segundo de Menores de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia le dio entrada a la anterior solicitud.

En fecha 23 de marzo de 1992, el mencionado Juzgado decretó el estado de abandono moral y material de la ciudadana DISNEY SALAZAR y ratificó la medida de colocación familiar en el hogar guardador de los ciudadanos MARIO BOSCÁN y SOFÍA ALARCÓN.

En fecha 31 de marzo de 1993, se decretó el estado de abandono moral y material del ciudadano RICHARD ANTONIO BEN SALAZAR y se decretó medida de colocación familiar en las Aldeas Infantiles S. O. S. de Venezuela.

En fecha 22 de mayo de 2014, el Juez Unipersonal No. 4, abogado Marlon Barreto Ríos se avocó al conocimiento de la presente causa.

Con esos antecedentes, este Tribunal pasa a decidir en base a las siguientes consideraciones:

PARTE MOTIVA

Tal como se evidencia del análisis de las actuaciones que integran este expediente, en especial de las actas de nacimiento de los ciudadanos DISNEY SALAZAR y RICHARD ANTONIO BEN SALAZAR se evidencia que los mismos alcanzaron la mayoridad, puesto que sus fechas de nacimiento son los días 05 de julio de 1988 y 20 de noviembre de 1985 y por ende tienen la libre administración de sus bienes, de conformidad con lo establecido en el artículo 18 del Código Civil, lo cual reza lo siguiente:
“Es mayor de edad quien haya cumplido dieciocho (18) años. El mayor de edad es capaz para todos los actos de la vida civil, con las excepciones por disposiciones especiales.”

Ahora bien, en virtud que dichos instrumentos, tienen pleno valor probatorio por tener el acta suscrita por el funcionario de registro del estado civil, el carácter de instrumento auténtico respecto de los hechos jurídicos que dicho funcionario declara haber visto u oído, por tener facultad para hacerlo constar y como tal tiene validez erga omnes, de conformidad con lo pautado en el artículo 457 del Código Civil, en concordancia con los artículos 1359 y 1360 ejusdem, es por lo que el presente caso se subsume dentro de los parámetros establecidos en el artículo up supra señalado, quedando demostrado en las referidas actas de nacimiento la mayoridad alcanzada por los beneficiarios de autos, motivo por el cual, este Tribunal da por terminada la presente causa. Así se declara.

PARTE DISPOSITIVA
DECISION

Por los fundamentos expuestos, este Tribunal de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia, Sala de Juicio - Juez Unipersonal No. 4, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara:

a) EXTINGUIDA la presente causa de Medida de Protección, presentada por el Instituto Nacional del Menor, en relación con los ciudadanos DISNEY SALAZAR y RICHARD ANTONIO BEN SALAZAR.

b) En tal sentido, por cuanto se hace inoficiosa la permanencia del presente expediente en los archivos de esta Sala de Juicio, es por lo que se ordena remitir el mismo al Archivo Central.

Publíquese y regístrese.
Dada, firmada y sellada en esta Sala de Juicio – Juez Unipersonal No. 4 del Tribunal de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia, en Maracaibo, a los 22 días del mes de mayo de 2014. Años: 204° de la Independencia y 155° de la Federación.
El Juez Unipersonal No. 4;

Abog. Marlon Barreto Ríos
La Secretaria;

Abog. Lorena Rincón Pineda

En la misma fecha se registró y publicó la anterior sentencia interlocutoria bajo el No. 208. La Secretaria.

MBR/kpmp.