El día de hoy, 02 de Mayo del año Dos Mil Catorce (2014), siendo las 2:30 de la tarde, se traslado este JUZGADO SEGUNDO EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS CABIMAS, MIRANDA,. SANTA RITA, SIMON BOLIVAR, LAGUNILLAS, VALMORE RODRIGUEZ Y BARALT DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, día y hora fijados por el Tribunal para dar cumplimiento a la Ejecución de la Medida Preventiva de Embargo decretada en el Juicio de OBLIGACION DE MANUTENCION seguido por LOURDES SULBARAN, titular de la cedula de identidad Nº V- 16.456.302 contra el ciudadano LADIMIRO BUSTILLOS, Titular de la Cedula de Identidad Nº V- 7.828.905, en beneficio de la niña NATHALIA BUSTILLOS SULBARAN por ante el TRIBUNAL DE PROTECCION DEL NIÑO NIÑA Y ADOLESCENTE DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, con sede en MARACAIBO y para lo cual fue comisionado este Tribunal.- A los fines de garantizarle el derecho del niño de auto y a su vez la obligación y el deber que tienen los padres para ser efectivo esos derechos, consagrado en el articulo 76 de la Constitución Republica Bolivariana de Venezuela y el articulo 365 de la Ley Orgánica para la protección del niño y del adolescente, en consecuencia se modifica la medida de embargo provisional decretada en fecha 31/07/2013, sobre el CIEN PORCIENTO (100%) DE LAS PRESTACIONES SOCIALES, AHORROS Y FIDEICOMISO, que le corresponda al demandado de autos.- A Señalamiento de la Apoderada Judicial de la parte actora THANIT FERNANDEZ, titular de la cedula de identidad Nº V- 14.524.620, inscrita en el Inpreabogado bajo el Nº 105.424.-
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