REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO SUPERIOR AGRARIO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DE LOS ESTADOS MONAGAS Y DELTA AMACURO

Maturín, 12 de Mayo de 2014
203º y 155º

Del análisis exhaustivo de las actas procesales se evidencia, que el presente asunto de competencia subjetiva, sube al extinto Juzgado Superior Quinto Agrario de la Región Nor-Oriental, Civil–Bienes del estado Monagas con competencia Contencioso Administrativo de la Región Sur-Oriental, con ocasión a la Recusación formulada el 25/05/2010 por el ciudadano HÉCTOR ANTONIO CARPINTERO venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V5.696.239, representado judicialmente por el ciudadano Farid Rafael Azan Gil, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N°. V-2.330.546, abogado en ejercicio e inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 9.443, por una parte, y por la otra, que el referido Juzgado Superior hoy extinto, mediante sentencia del 15/06/2010, declara entre otras cosas, sin lugar la referida Recusación, ordenando remitir copia Certificada de la sentencia, siendo lo correcto la remisión del cuaderno de Recusación al Tribunal aquo, y visto que el presente asunto fue remitido a éste Instancia Superior Agraria, con ocasión a su formal Instalación el 17/12/2013, en razón de la supresión del Juzgado ut supra citado; En consecuencia, se acuerda remitir con oficio el presente asunto al Juzgado Primero de Primera Instancia del Tránsito y Agrario de la Circunscripción Judicial del estado Monagas. Désele salida y háganse las anotaciones respectivas.
El Juez,


LEONARDO JIMÉNEZ MALDONADO.
La Secretaria,


MARIA LUISA VELANDIA

En esta misma fecha, se cumplió con lo ordenado en el auto anterior, conste.


La Secretaria,


MARIA LUISA VELANDIA.
Exp.0078-2013
LJM/MLV/mmdz.-