REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL PRIMERO DE CONTROL, AUDIENCIA Y MEDIDAS CON COMPETENCIA EN MATERIA DE VIOLENCIA CONTRA LA MUJER

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL

Tribunal Primero de Violencia contra la Mujer en función de Control Audiencia y Medidas de la Circunscripción Judicial del estado Monagas
Maturín, 27 de Mayo de 2014
204º y 155º

ASUNTO PRINCIPAL : NP01-P-2008-001000
ASUNTO : NP01-P-2008-001000

Visto el escrito consignado en fecha 13 de mayo del año 2014, por el Ciudadano ABOGADO DEIVIS WILIANS CAMPOS FARFAN con el carácter que tiene en autos donde solicita se decrete el sobreseimiento por prescripción extraordinaria judicial de la acción penal, con relación al artículo 110 del Código penal Venezolano, establece la denominada prescripción judicial o extraordinaria, la cual se calcula sin tomar en cuenta los actos interruptivos y corresponderá a un lapso igual al de la prescripción ordinaria (contemplada en el artículo 108 eiusdem) más la mitad del mismo. Considera esta Juzgadora que atendiendo a lo que dispone el artículo 5 de la Ley Orgánica Sobre el Derecho de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia: El Estado tiene la obligación indeclinable de adoptar todas las medidas administrativas, legislativas, judiciales y de cualquier otra índole que sean necesarias y apropiadas para asegurar el cumplimiento de esta ley y garantizar los derechos humanos de las mujeres que sean víctimas de violencia. En relación a lo que dispone además el artículo 64 de la Ley “In Comento” que contempla: Se aplicarán supletoriamente las disposiciones de Código Penal y Código Orgánico Procesal, en cuanto no se opongan a las aquí previstas. En tal sentido considera esta Operadora de Justicia pronunciarse sobre lo solicitado en la oportunidad fijada para la celebración de la Audiencia Preliminar, el 15 de julio 2014, a las 10:15 horas de la mañana, para la cual el Juzgado ordena hacer todo lo conducente para que se hagan efectivas las notificaciones a todas las partes del presente Asunto penal y así se decide.
Cúmplase:
JUEZA PRIMERA DE CONTROL AUDIENCIA Y MEDIDAS
ABGA. IVIS RODRIGUEZ CASTILLO
SECREPTARIO JUDICIAL
ABGA. CARLOS DANIEL VENTURA CARRION