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REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
 
 PODER JUDICIAL
 
 Tribunal de Primera Instancia de  Mediación y Sustanciación de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Nueva Esparta
 La Asunción, veintidós de mayo de dos mil catorce
 204º y 155º
 
 ASUNTO: OP02-V-2014-000179
 PARTES: LUIS JOSE ROJAS AGUILERA y YELITZA PASTO FRIAS, titulares de las cédulas de identidad Nros. V-10.292.490 y V-13.786.906.
 
 Asistencia Jurídica: Fiscalía Octava del Ministerio Público
 
 Motivo: Fijación de Custodia (DESISTIMIENTO).
 
 BENEFICIARIA: “cuya identidad se omite de conformidad con lo establecido en el articulo 65 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño, Niña y del Adolescente
 Revisado como ha sido el presente asunto de FIJACION DE CUSTODIA y visto el contenido de la diligencia de fecha 21/05/2014 suscrita por la abogada ANGELICA PEREZ, en su carácter de Fiscal Octava del Ministerio Público, actuando en su carácter de parte actora en la presente causa, mediante la cual solicita el desistimiento del presente procedimiento. Ahora bien , este tribunal, visto que por Hecho Notorio Judicial se evidencia del Sistema Juris que existe un nuevo acuerdo entre las partes bajo la nomenclatura N° OP02-J-2014-000578. En tal virtud, esta Jueza del Tribunal Quinto de Primera Instancia de Mediación  Sustanciación y Ejecución de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Nueva Esparta, en uso de las facultades otorgadas por la Ley,  HOMOLOGA el presente desistimiento y ordena el cierre y archivo definitivo del presente asunto de FIJACION DE CUSTODIA, tal como lo establece el Artículo 263 del Código de Procedimiento Civil. Remítase el expediente a la Oficina de Archivo Judicial Regional, para su cuido y resguardo. Cúmplase.
 
 No hay condenatoria en costas.
 Publíquese y Regístrese. Dada, firmada y sellada en el Despacho del Tribunal QUINTO de Mediación, Sustanciación y Ejecución de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Nueva Esparta, en la Asunción, a los veintidós (22) días del mes de Mayo del año 2014.  Años 204º  de la Independencia y 155º de la Federación.
 La Jueza,
 Liz Verónica López Morales                                         	   La Secretaria,
 
 Abg. Katty Solórzano
 En la misma fecha, siendo las 2:30 pm se agrega a las actas la presente sentencia y al sistema juris. Conste.
 La  Secretaria,
 Abg. Katty Solórzano
 
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