REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
EN SU NOMBRE
JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL Y MERCANTIL DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO MONAGAS. MATURIN, CATORCE DE MAYO DE DOS MIL CATORCE
204º y 155º
Vista la transacción judicial celebrada por ante el Juzgado Cuarto Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Maturín, Aguasay y Santa Bárbara de esta Circunscripción Judicial, entre el ciudadano RAFAEL DOMINGUEZ, venezolano, mayor de edad, Abogado en ejercicio, titular de la cédula de identidad N° V- 12.013.250, e inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 71.191, actuando con el carácter de apoderado judicial de la parte actora, sociedad mercantil CONSTRUCCIONES PARMEN, C.A.; y el ciudadano ANGEL ALBERTO ESPINA RAMIREZ, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V-10. 98.399, debidamente asistido por el abogado en ejercicio JESUS ALBERTO GOMEZ, inscrito en el inpreabogado bajo el N° 183.774, en su carácter de Presidente de la sociedad mercantil INVERSIONES ROREVAL, C.A., parte demandada, en el juicio que por COBRO DE BOLIVARES (via ordinaria), propuso la primera contra la segunda de las nombradas; y por cuanto el mismo no es contraria a derecho, ni lesiona los derechos de ninguna de las partes y versa sobre derechos disponibles, es por lo que este Tribunal PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL Y MERCANTIL DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO MONAGAS, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, de conformidad con los artículos 12 y 256 del Código de Procedimiento Civil, y 1.713 del Código Civil, le imparte su aprobación y homologa dicho acto en todas y cada una de sus partes. Se suspende la medida de embargo preventiva decretada por este Despacho y practicada por el Juzgado Cuarto Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Maturín, Aguasay y Santa Bárbara de esta Circunscripción Judicial, en fecha 15 de Abril de 2014. Ofíciese a la empresa PDVSA de la suspendió de la medida. Líbrese oficio. Cúmplase.-
ABG. ARTURO JOSE LUCES TINEO
JUEZ
LA SECRETARIA ACC.,
ABG. YARILUZ BOGARIN B.
En esta misma fecha se dio cumplimiento a lo ordenado anteriormente. Conste.
La Stria.
Exp. 33.333
tula
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