EN SU NOMBRE







JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL Y MERCANTIL DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO MONAGAS. MATURIN, DOCE DE MAYO DE DOS MIL CATORCE

204º y 155º

Visto el convenimiento celebrado entre el ciudadano: ANTONIO RUIZ SILVERA, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V-10.979.633, de este domicilio, en su carácter de parte demandante, debidamente asistido por la abogada en ejercicio LUISA GOMEZ de FIGUERA, inscrita en el Inpreabogado bajo el N° 147.622, y el ciudadano: JORGE ALEJANDRO RODRIGUEZ BERMUDEZ, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V-15.044.308, en su carácter de parte demandada, debidamente asistido por la abogada en ejercicio ADIANA RIVAS, inscrita en el Inpreabogado bajo el N° 108.599, en el juicio que por CUMPLIMIENTO DE CONTRATO DE VENTA, propuso el primero contra el segundo de los nombrados; y por cuanto el mismo no es contrario a derecho, ni lesiona los derechos de ninguna de las partes y versa sobre derechos disponibles, es por lo que este Tribunal PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL Y MERCANTIL DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO MONAGAS, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, de conformidad con los artículos 12 y 263 del Código de Procedimiento Civil, le imparte su aprobación y homologa dicho acto en todas y cada una de sus partes. -



ABG. ARTURO JOSE LUCES TINEO
JUEZ
LA SECRETARIA ACC.,

Abg. YARILUZ BOGARIN BRICEÑO


Exp. 33.344
tula