JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL Y MERCANTIL DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO MONAGAS. MATURÍN, DOCE DE MAYO DEL AÑO DOS MIL CATORCE.

204° Y 155°


Vista la anterior diligencia, suscrita por los abogados en ejercicios YENITZA MUNDARAIN y JESUS RODRIGUEZ, inscritos en el inpreabogado bajos los Nos. 76.841 y 39.004. A los fines de dar cumplimiento a la sentencia dictada por el Tribunal Superior en lo Civil, Mercantil, Tránsito de Protección de Niños, Niñas y Adolescente y Bancario de la Circunscripción Judicial del Estado Monagas, en fecha diecisiete (17) de Marzo del 2.014, en la cual ordena la reposición de la causa al estado de admitir nuevamente la presente demanda, es por lo que por consecuencia, todas las actuaciones quedaron sin efecto jurídico por todo lo antes expuesto, este Tribunal Revoca la medida de embargo preventivo decretada por este Tribunal en fecha 25 de Julio del año 2013 y se ordena la suspensión de la misma. Asimismo se ordena oficiar a PDVSA, para los fines legales consiguientes. Líbrese oficio.-





DR. ARTURO JOSE LUCES TINEO
EL JUEZ
LA SECRETARIA ACC
ABG. YARILUZ BOGARIN




Exp: 33.123
Yosellys














REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA




JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL Y MERCANTIL DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO MONAGAS. MATURIN, DOCE DE MAYO DEL AÑO DOS MIL CATORCE.

204° Y 155°

No. 0840- 14.044
CIUDADANO:
LUIS CENTENO
GERENTE ASUNTOS JURIDICOS DIVISIÓN FURRIAL.-
SU DESPACHO.

Reciba un cordial saludo:

Me dirijo a usted en la oportunidad, con motivo del juicio COBRO DE BOLIVARES (V.O) intentado por la Sociedad Mercantil TRANP SERQUIVE, C.A, contra la Sociedad Mercantil WILLIAMS INDUSTRIAL, C.A, a fin de participarle que por auto de esta misma fecha, este Tribunal suspendió la medida de embargo preventivo decretada por este Tribunal en fecha 25 de Julio del año 2013 y ejecutada por el Juzgado Segundo Ejecutor de Medidas de los Municipios, Maturín, Punceres,