REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA


PODER JUDICIAL

Tribunal Décimo de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Circuito Judicial Laboral de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia
Maracaibo, veintisiete de mayo de dos mil catorce
204º y 155º



ASUNTO : VP01-L-2013-000961

Vista transacción suscrita por los ciudadanos, ELIANE MARYLIN PAZ FUENMAYOR venezolana ,titular de la cedula de identidad No 11.299.802, asistida en este acto por el abogado FRANCISCO DIAZ e inscrito en el Instituto de previsión Social del Abogado bajo el No. 140.624, y por la otra parte , la ciudadana LEXY REGINA GONZALEZ PINEDA , Abogada en ejercicio e inscrita en el Instituto de previsión Social del Abogado bajo el No 25.347, en su condición de apoderada judicial de la Sociedad Mercantil SUPER TIENDA ENNE , C.A , quienes después de la instalación de la Audiencia Preliminar donde se escucharon propuestas y alternativas en el conflicto planteado, con la intervención mediadora de esta juzgadora, han llegado a un acuerdo que se especifica mediante escrito que consignan ante la Unidad de Recepción y Distribución de Documentos que consta de cuatro (04) folios útiles para ser agregado al expediente; Donde le cancela a la ciudadana ELIANE MARYLIN PAZ FUENMAYOR, la cantidad de CINCUENTA Y OCHO MIL NOVECIENTOS CUATRO BOLIVARES CON OCHENTA CENTIMOS (Bs 58.904,80) mediante cheque No 29213514 , de fecha 20 de mayo del 2014, girado contra el Banco Mercantil tal como lo establece acta transaccional presentada por las partes. La parte actora acepta recibirla, para cubrir todos y cada uno de los conceptos reclamados. Ahora bien , visto lo acuerdo por las partes, previa mediación positiva, de conformidad con lo previsto en el artículo 133 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, y por cuanto el acuerdo celebrado no vulnera derechos irrenunciables del trabajador, ni normas de orden público, este JUZGADO DECIMO DE PRIMERA INSTANCIA DE SUSTANCIACION, MEDIACION Y EJECUCION DEL TRABAJO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, HOMOLOGA TRANSACCION ENTRE LAS PARTES le imparte el carácter de Cosa Juzgada, y da por terminada la presente causa; este tribunal les hace entrega a las partes de las pruebas consignada en la audiencia preliminar.. Así se decide.



LA JUEZ

ABOG. MARIANELA BRAVO
LA SECRETARIA