REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Tribunal Décimo de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Circuito Judicial Laboral de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia
Maracaibo, dos de mayo de dos mil catorce
204º y 155º
ASUNTO : VP01-L-2014-000281
Vista la diligencia suscrita por el abogado ROBERTH SOTO, actuando en este acto como apoderado judicial de la parte actora, el ciudadano WILIAM TORRES ,titular de la cedula de identidad No v- 15.530.890 , mediante la cual DESISTE del procedimiento que por COBRO DE PRESTACIONES SOCIALES Y OTROS CONCEPTOS LABORABLES, consignado en contra de la sociedad mercantil MAERSK CONTRACTORS VENEZUELA, S.A , . En virtud de la anterior exposición; este TRIBUNAL DÉCIMO DE PRIMERA INSTANCIA DE SUSTANCIACIÓN, MEDIACIÓN Y EJECUCIÓN DEL CIRCUITO JUDICIAL DEL TRABAJO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, a tenor de lo establecido en el artículo 263 del Código de Procedimiento Civil, aplicable por analógica del artículo 11 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo HOMOLOGA EL DESISTIMIENTO DEL PROCEDIMIENTO, le imparte su aprobación y le otorga el carácter de cosa juzgada, este tribunal les hace entrega a las partes de las pruebes consignado en la audiencia preliminar ..Así se decide .
La Juez
Abog. MARIANELA BRAVO
La Secretaria
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