REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
EN SU NOMBRE:
JUZGADO PRIMERO EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS MARACAIBO, JESÚS ENRIQUE LOSSADA, SAN FRANCISCO, MARA, PÁEZ Y ALMIRANTE PADILLA DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA.

COMISIÓN: 5845-2014
En el día de hoy Lunes Treinta y Uno (31) de Marzo de Dos Mil Catorce (2014), siendo las nueve y cuarenta minutos de la mañana (9:40 AM), de conformidad con lo acordado, a pedimento de parte y con la habilitación del tiempo que fuere necesario, se trasladó y constituyó este JUZGADO PRIMERO EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS MARACAIBO, JESÚS ENRIQUE LOSSADA, SAN FRANCISCO, MARA, PÁEZ Y ALMIRANTE PADILLA DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, en un inmueble conformado por un Galpón destinado a uso comercial, (Taller Mecánico), sin nomenclatura visible, ubicado en el Kilómetro 7 ½, de la vía que conduce de Maracaibo a Perijá, diagonal al Hotel El Molino, en jurisdicción de la Parroquia San Francisco, del Municipio San Francisco del Estado Zulia, sitio señalado por la Apoderada judicial de la parte actora, abogada en ejercicio de este domicilio KATHERINE TORRES, venezolana, mayor de edad, portadora de la Cédula de Identidad No. 14.208.824, inscrita en el INPREABOGADO bajo el No. 122.415, a objeto de llevar a efecto la ejecución de la MEDIDA DE EMBARGO PREVENTIVO decretada por el JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRANSITO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, con motivo del juicio que por COBRO DE BOLIVARES (VIA INTIMATORIA), sigue la ciudadana MARIBEL RAMONA COLINA GARCIA, venezolana, mayor de edad, titular de la Cédula de la Cédula de Identidad No. 7.967.072, contra los ciudadanos RUFO ALBERTO MACHADO BLANCO y MAIGUALIDA BLANCO TORRES, venezolanos, mayores de edad, portadores de las Cédulas de Identidad Nos. V-14.910.467 y V-4.742.432, respectivamente. Una vez constituido el Tribunal en la dirección ya indicada procede a notificar de su misión a los ciudadanos RUFO ALBERTO MACHADO BLANCO y MAIGUALIDA BLANCO TORRES, venezolanos, mayores de edad, portadores de las Cédulas de Identidad Nos. V-14.910.467 y V-4.742.432, respectivamente, parte demandada, a quienes se les hace saber que tienen el derecho de comunicarse con un abogado de su confianza para que lo asista en este acto, a los fines de preservarle el derecho a la Defensa. Acto seguido el Tribunal procede a designar como Perito Avaluador al ciudadano ALBERTO JOSE NAVARRO, venezolano, mayor de edad, titular de la cedula de identidad No. 3.510.222, con domicilio en el Municipio San Francisco del Estado Zulia, quien estando presente aceptó el cargo y fue juramentado de la manera siguiente: Jura usted cumplir fielmente con los deberes inherentes al cargo recaído en su persona; y contestó: “Lo Juro”. Acto seguido el Tribunal procede a designar como DEPOSITARIO JUDICIAL a la DEPOSITARIA JUDICIAL SANTA MARIA C.A. (DEPOSACA) representada en este acto por el ciudadano ALBERTO JOSE NAVARRO, antes identificado, quien estando presente expuso: “En nombre de mi representada acepto el cargo recaído en la misma”; procediendo el Tribunal a tomarle el juramento de Ley de la manera siguiente: En nombre de su representada jura usted cumplir fielmente con los deberes inherentes al cargo recaído en la misma; y contestó: “Lo Juro”. En este estado presente la Apoderada judicial de la parte actora, abogada en ejercicio KATHERINE TORRES, antes identificada, expuso: “Solicito a este Juzgado Ejecutor de Medidas que proceda a ejecutar la medida de embargo preventivo decretada por el tribunal de la causa sobre los siguientes bienes a señalar propiedad de la parte demandada, ciudadanos RUFO ALBERTO MACHADO BLANCO y MAIGUALIDA BLANCO TORRES, antes identificados, hallándose los mismos en el estacionamiento posterior del inmueble donde se encuentra constituido este Tribunal Ejecutor, los cuales pido sean identificados y avaluados por el perito designado en este acto.” De seguidas, el perito avaluador designado en este acto procede a identificar los bienes señalados por la parte actora: PRIMERO: Un Vehículo CLASE CAMION, MARCA INTERNACIONAL, AÑO MODELO 1979, COLOR: ROJO Y BLANCO, TIPO: CHUTO, USO: CARGA, SERIAL DE CARROCERIA: D3117JGB12104, SERIAL DEL MOTOR: 10737056, PLACAS A76AE1V, el cual le pertenece al codemandado, ciudadano RUFO ALBERTO MACHADO BLANCO, según consta Certificado de Registro de Vehículo emitido por el Instituto Nacional de Transporte Terrestre No. D3117JGB12104-2-2, Número de Control: 105201413905, Número de Autorización: 000G3I430196, de fecha 07 de Junio de 2013; presenta detalles generalizados de latonería y pintura en el área del capo y guardafangos; parte del piso de la cabina deteriorada, tapicería y tablero en malas condiciones, posee los retrovisores a ambos lados; posee diez cauchos en malas condiciones, montados en rines de hierro, motor y caja en mal funcionamiento, avaluada en la suma de CUATROCIENTOS MIL BOLIVARES (Bs. 400.000,oo); SEGUNDO: Un Vehículo CLASE CAMION, MARCA INTERNACIONAL, AÑO MODELO 1977, COLOR: AMARILLO, TIPO: CHUTO, USO: CARGA, SERIAL DE CARROCERIA: GGB17964, SERIAL DEL MOTOR: 10976706, PLACAS: 83CHAB, el cual le pertenece al codemandado, ciudadano RUFO ALBERTO MACHADO BLANCO, según Certificado de Registro de Vehículo emitido por el Instituto Nacional de Transporte Terrestre No. GGB17964-2-1, Número de Control: 33258668, Número de Autorización: 8006GN423152, de fecha 03 de Diciembre de 2012, presenta Cabina totalmente deteriorada por causa de accidente, capo partido, latonería y pintura totalmente dañada, presenta motor sin accesorios, no posee cauchos ni rines, totalmente desvalijado, avaluado en la suma de CINCUENTA MIL BOLIVARES (Bs. 50.000,oo) ; TERCERO: Un Vehículo CLASE CAMION, MARCA MERCEDES BENZ, AÑO MODELO 2007, COLOR: BLANCO, TIPO: CHUTO, USO: CARGA, SERIAL DE CARROCERIA: 9BM6950527B513512, SERIAL DEL MOTOR: 476971U0881257, PLACAS: 04BMBG, el cual le pertenece al codemandado, ciudadano RUFO ALBERTO MACHADO BLANCO, según Certificado de Registro de Vehículo emitido por el Instituto Nacional de Transporte Terrestre No. 9BM6950527B513512-1-3, Número de Control: 308441231, Número de Autorización: 1200BB410849, de fecha 29 de Noviembre de 2011, presenta detalles generalizados de latonería y pintura en el área del capo y guardafangos; parte del piso de la cabina deteriorada, tapicería y tablero en malas condiciones, posee los retrovisores a ambos lados; posee Seis cauchos en regulares condiciones, montados en rines de hierro, motor y caja en regulares condiciones, tapicería de la cabina totalmente deteriorada, avaluada en la suma de OCHOCIENTOS MIL BOLIVARES (Bs. 800.000,oo); CUARTO: Un Vehículo CLASE CAMION, MARCA MERCEDES BENZ, AÑO MODELO 2006, COLOR: BLANCO, TIPO: CHUTO, USO: CARGA, SERIAL DE CARROCERIA: 9BM6950526B470825, PLACAS: 20LSAK, el cual le pertenece al codemandado, ciudadano RUFO ALBERTO MACHADO BLANCO, según Certificado de Registro de Vehículo emitido por el Instituto Nacional de Transporte Terrestre No. 9BM6950526B470825-2-1, Número de Control: 110201774317, Número de Autorización: 0200BB431W80, de fecha 25 de Julio de 2013; presenta Cabina totalmente deteriorada por causa de accidente, capo partido, latonería y pintura totalmente dañada, no presenta motor, caja ni accesorios, montado sobre el chasis, no posee cauchos ni rines, totalmente desvalijado, avaluado en la suma de CUARENTA MIL BOLIVARES (Bs. 40.000,oo) QUINTO: Un Vehículo CLASE REMOLQUE, MARCA ADENEL, AÑO MODELO 1999, COLOR: NARANJA, TIPO: PLATAFORMA, USO: CARGA, SERIAL DE CARROCERIA: B1B0955955, MOTOR: N.P., PLACAS: A68AH7H, el cual le pertenece al codemandado, ciudadano RUFO ALBERTO MACHADO BLANCO, según Certificado de Registro de Vehículo emitido por el Instituto Nacional de Transporte Terrestre No. B1B0955955-2-2, Número de Control: 105201774458, Número de Autorización: 02051A430084, de fecha 25 de Julio de 2013; presenta plataforma en malas condiciones; la parte de ensamblaje totalmente dañada, defensa deteriorada por causa de accidente, no posee cauchos ni rines, semi desvalijada; avaluada en la suma de CIEN MIL BOLIVARES (Bs. 100.000,oo); SEXTO: Un Vehículo CLASE REMOLQUE, MARCA ADENEL, AÑO MODELO 1999, COLOR: NARANJA, TIPO: PLATAFORMA, USO: CARGA, SERIAL DE CARROCERIA: B1B08171111, MOTOR: N.P., PLACAS: A58BJ7A, el cual le pertenece al codemandado, ciudadano RUFO ALBERTO MACHADO BLANCO, según Certificado de Registro de Vehículo emitido por el Instituto Nacional de Transporte Terrestre No. B1B08171111-2-1, Número de Control: 33253184, Número de Autorización: 32071A423982 de fecha 26 de Noviembre de 2012, presenta plataforma en malas condiciones; la parte de ensamblaje en regulares condiciones, defensa trasera abollada por causa de accidente, no posee cauchos ni rines, semi desvalijada; avaluada en la suma de CIEN MIL BOLIVARES (Bs. 100.000,oo); SEPTIMO: VEHICULO DE FABRICACION NACIONAL, TRANSFERCA, CLASE SEMI REMOLQUE, MODELO PLATAFORMA, USO CARGA, AÑO 1999, COLOR ROJO, USO CARGA, SERIAL DEL MOTOR: NO PORTA; SERIAL DE CARROCERIA: ITFR203J00197, PLACAS 32SVAT, el cual le pertenece al codemandado, ciudadano RUFO ALBERTO MACHADO BLANCO, según Certificado de Registro de Vehículo emitido por el Instituto Nacional de Transporte Terrestre No. 1TFR203J00197-2-1, Número de Control: 310100004242, Número de Autorización: 0003TN431981 de fecha 07 de enero de 2013, presenta plataforma en regulares condiciones; la parte de ensamblaje en funcionamiento, defensa trasera presenta abolladura por causa de accidente, posee doce cauchos en mal estado montados en rines de hierro, en regulares condiciones de funcionamiento; avaluada en la suma de DOSCIENTOS MIL BOLIVARES (Bs. 200.000,oo); OCTAVO: Un Vehículo CLASE CAMION, MARCA MACK, AÑO 1995, MODELO CH-613, COLOR: BLANCO, TIPO: CHUTO, USO: CARGA, SERIAL DE CARROCERIA: 1M2AA13Y7SW050558, SERIAL DEL MOTOR: 6CILINDROS, PLACAS: 19WBAE, el cual le pertenece al codemandado, ciudadano RUFO ALBERTO MACHADO BLANCO, según Documento Autenticado POR ANTE LA Notaría Pública de Cabudare, Estado Lara en fecha 26 de julio de 2011, dejándolo inserto bajo el No. 29, Tomo 92 de los Libros de Autenticaciones llevados por esa Notaría; y Certificado de Registro de Vehículo emitido por el Instituto Nacional de Transporte Terrestre No. 1M2AA13Y7SW050558-1-2, Número de Control: 30274124, Número de Autorización: 4243MK210827, de fecha 25 de Julio de 2011; presenta pintura en mal estado; capo en reparación, parachoque delantero partido, tapicería de la cabina en mal estado, tablero en regulares condiciones, posee retrovisores a ambos lados; posee 6 cauchos en mal estado montados en rines de hierro, a pesar de que utiliza diez cauchos con sus respectivos rines, motor y caja en mal estado, en malas condiciones generalizadas; avaluado en la suma de SEISCIENTOS DIEZ MIL BOLIVARES (Bs. 610.000,oo). Todos estos bienes alcanzan la suma de DOS MILONES TRESCIENTOS MIL BOLIVARES (Bs. 2.300.000,oo). En este estado, siendo las doce y treinta minutos de la tarde (12:30 p.m.) hizo acto presencia el abogado en ejercicio GONMAR GONZALO PEREZ MENDOZA, venezolano, mayor de edad, portador de la Cédula de Identidad No. 13.505.764. a los fines de asistir a la parte demandada en el presente acto. Acto seguido, presentes los ciudadanos RUFO ALBERTO MACHADO BLANCO y MAIGUALIDA BLANCO TORRES, venezolanos, mayores de edad, portadores de las Cédulas de Identidad Nos. V-14.910.467 y V-4.742.432, respectivamente, parte demandada, debidamente asistidos por el abogado en ejercicio de este domicilio GONMAR GONZALO PEREZ MENDOZA, antes identificado, expusieron: Nos damos por intimados, notificados y emplazados para todos y cada uno de los actos del presente juicio, renunciamos expresamente al termino que me concede la Ley para hacer oposición al decreto intimatorio y a la contestación de la demanda, por ser ciertos los hechos narrados en el libelo y procedente el derecho invocado, y a los fines de dar por terminado el presente juicio, ofrecemos cancelar a la parte demandante la totalidad del decreto Intimatorio, la cantidad de DOS MILLONES TRESCIENTOS MIL BOLIVARES (Bs. 2.300.000,00), de la siguiente manera; con el fin de dar cumplimiento al monto señalado, realizamos en este acto una auto composición procesal con la figura jurídica de la dación en pago, mediante el cual otorgamos los siguientes bienes propiedad del ciudadano RUFO ALBERTO MACHADO BLANCO, ya identificado, parte codemandada, enumerándolos a continuación: PRIMERO: Un Vehículo CLASE CAMION, MARCA INTERNACIONAL, AÑO MODELO 1979, COLOR: ROJO Y BLANCO, TIPO: CHUTO, USO: CARGA, SERIAL DE CARROCERIA: D3117JGB12104, SERIAL DEL MOTOR: 10737056, PLACAS A76AE1V, el cual le pertenece al codemandado, ciudadano RUFO ALBERTO MACHADO BLANCO, según consta Certificado de Registro de Vehículo emitido por el Instituto Nacional de Transporte Terrestre No. D3117JGB12104-2-2, Número de Control: 105201413905, Número de Autorización: 000G3I430196, de fecha 07 de Junio de 2013; SEGUNDO: Un Vehículo CLASE CAMION, MARCA INTERNACIONAL, AÑO MODELO 1977, COLOR: AMARILLO, TIPO: CHUTO, USO: CARGA, SERIAL DE CARROCERIA: GGB17964, SERIAL DEL MOTOR: 10976706, PLACAS: 83CHAB, el cual le pertenece al codemandado, ciudadano RUFO ALBERTO MACHADO BLANCO, según Certificado de Registro de Vehículo emitido por el Instituto Nacional de Transporte Terrestre No. GGB17964-2-1, Número de Control: 33258668, Número de Autorización: 8006GN423152, de fecha 03 de Diciembre de 2012; TERCERO: Un Vehículo CLASE CAMION, MARCA MERCEDES BENZ, AÑO MODELO 2007, COLOR: BLANCO, TIPO: CHUTO, USO: CARGA, SERIAL DE CARROCERIA: 9BM6950527B513512, SERIAL DEL MOTOR: 476971U0881257, PLACAS: 04BMBG, el cual le pertenece al codemandado, ciudadano RUFO ALBERTO MACHADO BLANCO, según Certificado de Registro de Vehículo emitido por el Instituto Nacional de Transporte Terrestre No. 9BM6950527B513512-1-3, Número de Control: 308441231, Número de Autorización: 1200BB410849, de fecha 29 de Noviembre de 2011; CUARTO: Un Vehículo CLASE CAMION, MARCA MERCEDES BENZ, AÑO MODELO 2006, COLOR: BLANCO, TIPO: CHUTO, USO: CARGA, SERIAL DE CARROCERIA: 9BM6950526B470825, SERIAL DEL MOTOR: 476971U0845317, PLACAS: 20LSAK, el cual le pertenece al codemandado, ciudadano RUFO ALBERTO MACHADO BLANCO, según Certificado de Registro de Vehículo emitido por el Instituto Nacional de Transporte Terrestre No. 9BM6950526B470825-2-1, Número de Control: 110201774317, Número de Autorización: 0200BB431W80, de fecha 25 de Julio de 2013; QUINTO: Un Vehículo CLASE REMOLQUE, MARCA ADENEL, AÑO MODELO 1999, COLOR: NARANJA, TIPO: PLATAFORMA, USO: CARGA, SERIAL DE CARROCERIA: B1B0955955, MOTOR: N.P., PLACAS: A68AH7H, el cual le pertenece al codemandado, ciudadano RUFO ALBERTO MACHADO BLANCO, según Certificado de Registro de Vehículo emitido por el Instituto Nacional de Transporte Terrestre No. B1B0955955-2-2, Número de Control: 105201774458, Número de Autorización: 02051A430084, de fecha 25 de Julio de 2013; SEXTO: Un Vehículo CLASE REMOLQUE, MARCA ADENEL, AÑO MODELO 1999, COLOR: NARANJA, TIPO: PLATAFORMA, USO: CARGA, SERIAL DE CARROCERIA: B1B08171111, MOTOR: N.P., PLACAS: A58BJ7A, el cual le pertenece al codemandado, ciudadano RUFO ALBERTO MACHADO BLANCO, según Certificado de Registro de Vehículo emitido por el Instituto Nacional de Transporte Terrestre No. B1B08171111-2-1, Número de Control: 33253184, Número de Autorización: 32071A423982 de fecha 26 de Noviembre de 2012; SEPTIMO: VEHICULO DE FABRICACION NACIONAL, TRANSFERCA, CLASE SEMI REMOLQUE, MODELO PLATAFORMA, USO CARGA, AÑO 1999, COLOR ROJO, USO CARGA, SERIAL DEL MOTOR: NO PORTA; SERIAL DE CARROCERIA: ITFR203J00197, PLACAS 32SVAT, el cual le pertenece al codemandado, ciudadano RUFO ALBERTO MACHADO BLANCO, según Certificado de Registro de Vehículo emitido por el Instituto Nacional de Transporte Terrestre No. 1TFR203J00197-2-1, Número de Control: 310100004242, Número de Autorización: 0003TN431981 de fecha 07 de enero de 2013; OCTAVO: Un Vehículo CLASE CAMION, MARCA MACK, AÑO 1995, MODELO CH-613, COLOR: BLANCO, TIPO: CHUTO, USO: CARGA, SERIAL DE CARROCERIA: 1M2AA13Y7SW050558, SERIAL DEL MOTOR: 6 CILINDROS, PLACAS: 19WBAE, el cual le pertenece al codemandado, ciudadano RUFO ALBERTO MACHADO BLANCO, según Documento Autenticado POR ANTE LA Notaría Pública de Cabudare, Estado Lara en fecha 26 de julio de 2011, dejándolo inserto bajo el No. 29, Tomo 92 de los Libros de Autenticaciones llevados por esa Notaría; y Certificado de Registro de Vehículo emitido por el Instituto Nacional de Transporte Terrestre No. 1M2AA13Y7SW050558-1-2, Número de Control: 30274124, Número de Autorización: 4243MK210827, de fecha 25 de Julio de 2011. Los Títulos de propiedad, así como el documento autenticado antes señalados los presento en originales en este acto a efectum videndi al Secretario de este Tribunal y consigno constante de Quince (15) folios útiles copias fotostáticas de los mismos para su confrontación y certificación por este Tribunal, y se tengan como parte integra de la presente acta; así mismo consignamos en dos folios útiles copias de nuestras cédulas de identidad. Dichos bienes se encuentra valorados por el perito designado en este acto en la cantidad de :1) El Vehículo Identificado con el numeral PRIMERO, la suma de CUATROCIENTOS MIL BOLIVARES (Bs. 400.000,oo); 2) El Vehículo Identificado con el numeral SEGUNDO, la suma de CINCUENTA MIL BOLIVARES (Bs. 50.000,oo); 3) El Vehículo Identificado con el numeral TERCERO, la suma de OCHOCIENTOS MIL BOLIVARES (Bs. 800.000,oo); 4) El Vehículo Identificado con el numeral CUARTO, la suma de CUARENTA MIL BOLIVARES (Bs. 40.000,oo); 5) El Vehículo Identificado con el numeral QUINTO, la suma de CIEN MIL BOLIVARES (Bs. 100.000,oo); 6) El Vehículo Identificado con el numeral SEXTO, la suma de CIEN MIL BOLIVARES (Bs. 100.000,oo); 7) El Vehículo Identificado con el numeral SEPTIMO, la suma de DOSCIENTOS MIL BOLIVARES (Bs. 200.000,oo); ) El Vehículo Identificado con el numeral OCTAVO, la suma de SEISCIENTOS DIEZ MIL BOLIVARES (Bs. 610.000,oo); los cuales suman un total de DOS MILLONES TRESCIENTOS MIL BOLIVARES (Bs. 2.300.000,00); el cual con la presente dación en pago cancelo la totalidad de la obligación reclamada que dio origen a este acto, que incluye capital, intereses hasta el día de hoy, costas y honorarios profesionales, es todo. Acto continuo, presente la apoderada Judicial de la parte actora, KATHERINE TORRES, antes identificada, expuso: Acepto en nombre de mi representada el convenimiento ofrecido por los demandantes de autos, ciudadanos RUFO ALBERTO MACHADO BLANCO y MAIGUALIDA BLANCO TORRES, antes identificados, con la asistencia antes dicha, recibo en este acto a nombre de mi representada, ciudadana MARIBEL RAMONA COLINA GARCIA, venezolana, mayor de edad, titular de la Cédula de la Cédula de Identidad No. 7.967.072, la dación en pago, configurando el mencionado contrato, tomando la posesión, dominio y propiedad de los bienes descritos, me doy por satisfecha en nombre de mi representada del pago total del capital adeudado, intereses hasta la fecha, costas y honorarios, solicito a este Tribunal ejecutor se abstenga de ejecutar la medida de embargo decretada por el Juzgado de la causa y remita la presente comisión al Juzgado Comitente en el estado en que se encuentra. Ambas partes, ciudadanos RUFO ALBERTO MACHADO BLANCO y MAIGUALIDA BLANCO TORRES, antes identificados, parte demandada, con la asistencia antes dicha; y la apoderada Judicial de la parte actora, KATHERINE TORRES, antes identificada, expusieron: Solicitamos por ante el Tribunal de la causa homologue el presente convenimiento, dándole el carácter de cosa Juzgada, a su vez vista la auto composición procesal celebrada radica en la dación en pago efectuada como contrato trasladaticio de la propiedad, solicito la Sentencia de homologación junto con la presente acta sirva como titulo suficiente de propiedad necesario para realizar los trámites correspondientes para la obtención de los Certificados de propiedad emitidos por Instituto de Tránsito y Transporte Terrestre, razón por la cual solicitamos se nos expidan copias certificadas tantas como necesarias sean por cada vehículo dado en dación en pago, es todo.” En este estado, este JUZGADO PRIMERO EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS MARACAIBO, JESUS ENRIQE LOSSADA, SAN FRANCISCO, MARA, PAEZ Y ALMIRANTE PADILLA DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, provee de conformidad con lo solicitado, en consecuencia, suspende la ejecución de la presente medida, ordena el retorno a su sede y acuerda remitir la presente comisión al juzgado de la causa a los fines de ley. Asimismo se ordena agregar a las actas las copias simples fotostáticas consignadas, constantes de quince (15) folios útiles, las cuales se encuentran conformadas por los títulos de los vehículos anteriormente señalados, ordenando su certificación por ante la secretaria de este órgano jurisdiccional; igualmente se ordena agregar a la presente acta copia simple de las cedulas de identidad consignadas constante de dos (02) folios útiles. En este estado, este Tribunal deja expresa constancia de que no ha recibido pago ni dadiva alguna en el cumplimiento de sus funciones, de conformidad con lo establecido en los Artículos 26 y 254 de la Constitución de la Republica Bolivariana de Venezuela, y así lo hacen constar las partes intervinientes y firmantes de la presente acta. Es todo, terminó, se leyó y conformes firman, siendo las Dos y cincuenta minutos de la tarde (2:50 P.M.), del día de hoy.-
LA JUEZA

DRA. MARTHA ELENA QUIVERA.
LA PARTE DEMANDADA Y SU LA APODERADA JUDICIAL
ABOGADO ASISTENTE DE LA PARTE ACTORA







EL PERITO AVALUADOR Y REPRESENTANTE
DE LA DEPOSITARIA JUDICIAL

EL SECRETARIO

ABOG. ANIBAL PERNIA PRIETO.-