REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
Juzgado Primero Ejecutor de Medidas de los Municipios
Maracaibo, Jesús Enrique Lossada, San Francisco, Mara, Páez y Almirante Padilla
Circunscripción Judicial del Estado Zulia
COMISION No. 5.839-2014
En el día de hoy, Diecinueve (19) de marzo del año dos mil catorce, siendo las diez y cuarenta y cinco minutos de la mañana (10:45 a.m.) de conformidad con lo acordado, se trasladó este JUZGADO PRIMERO EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS MARACAIBO, JESÚS ENRIQUE LOSSADA, SAN FRANCISCO, MARA, ALMIRANTE PADILLA Y PÁEZ DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, a la sede del Diario PANORAMA, ubicada en la Avenida 15 Delicias, jurisdicción del Municipio Maracaibo del Estado Zulia, a objeto de llevar a efecto la medida de Embargo decretada por el TRIBUNAL DE PROTECCIÓN DE NIÑOS, NIÑAS Y ADOLESCENTES DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA. SALA DE JUICIO – JUEZ UNIPERSONAL No. 02. EXP: No. 25.347. Con motivo del Juicio de OBLIGACION DE MANUTENCION, seguido por la ciudadana LEYDI BEATRIZ FERNANDEZ PARRA, titular de la Cédula de Identidad No. V- 11.293.014, contra el ciudadano IBRAHIM BARRIOS HERNANDEZ, titular de la Cédula de Identidad No. V-10.443.176- En este estado, este Tribunal deja expresa constancia que las vías de acceso al Diario Panorama, específicamente las avenidas Bella Vista y Padilla, se encontraba bloqueadas por funcionarios policiales y de la Guardia Nacional Bolivariana, debido a una marcha que se encontraba en pleno desarrollo por dichas arterias viales, creando un caos vehicular, por lo que este Tribunal ha pesar de haber permanecido por un tiempo indeterminado en la extensa cola de vehículos creada, no pudo acceder al lugar objeto de constitución, a los fines de practicar la ejecución de la medida comisionada. Acto seguido, este JUZGADO PRIMERO EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS MARACAIBO, JESUS ENRIQUE LOSSADA, SAN FRANCISCO, MARA, PAEZ Y ALMIRANTE PADILLA DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, ordena el regreso a su sede y acuerda fijar como nueva oportunidad para la ejecución de la presente medida, el día Jueves Veinte (20) de Marzo de 2014, a partir de las diez y treinta minutos de la mañana (10:30 a.m.). Este Tribunal Ejecutor deja expresa constancia de que no ha recibido pago ni dadiva alguna en el cumplimiento de sus funciones, de conformidad con lo establecido los artículos 26 y 254 de la Constitución de la Republica Bolivariana de Venezuela. Terminó, se leyó y conformes firman, siendo las Doce y Treinta minutos de la tarde (12:30 p.m.), es todo.-
LA JUEZA.
Dra. MARTHA ELENA QUIVERA.
EL SECRETARIO:
ABOG. ANIBAL A PERNIA
2.- REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
Juzgado Primero Ejecutor de Medidas de los Municipios
Maracaibo, Jesús Enrique Lossada, San Francisco, Mara, Páez y Almirante Padilla
Circunscripción Judicial del Estado Zulia
COMISION No. 5.839
En el día de hoy, 20 de Marzo del año dos mil catorce, siendo las 10:40 AM, de conformidad con lo acordado, se trasladó y constituyó este JUZGADO PRIMERO EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS MARACAIBO, JESÚS ENRIQUE LOSSADA, SAN FRANCISCO, MARA, ALMIRANTE PADILLA Y PÁEZ DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, en la sede del Diario PANORAMA, ubicada en la Avenida 15 Delicias, jurisdicción del Municipio Maracaibo del Estado Zulia, objeto de llevar a efecto la medida de Embargo decretada por el TRIBUNAL DE PROTECCIÓN DE NIÑOS, NIÑAS Y ADOLESCENTES DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA. SALA DE JUICIO – JUEZ UNIPERSONAL No. 02. EXP: No. 25347. Con motivo del Juicio de OBLIGACIÓN DE MANUTENCIÓN seguido por la ciudadana LEYDI BEATRIZ FERNANDEZ PARRA, titular de la Cédula de Identidad No. V- 11.293.014 obrando a favor del xxxxxxxxxxxxxxxxxx, en contra del ciudadano IBRAHIM BARRIOS HERNANDEZ, titular de la Cédula de Identidad No. V- 10.443.176.- En este estado presente el ciudadano (a): FANNY RODRIGUEZ DE AVILA, titular de la Cédula de Identidad No. V- 4.947.392, quién se identifico con el carácter de COORD. DE SERVICIOS AL PERSONAL. El Tribunal le notificó que el Juzgado de la causa mencionado decretó de Embargo Provisional ordenando retener: EL CIEN POR CIENTO (100%) de las Prestaciones Sociales, y Fideicomiso que le pueda corresponder al demandado de autos en caso de despido, retiro voluntario o cualquier otra causa que de por terminada la relación laboral, como Fotógrafo al servicio del diario PANORAMA. ESTE TRIBUNAL PRIMERO EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS MARACAIBO, JESUS ENRIQUE LOSSADA, SAN FRANCISCO, MARA, PAEZ Y ALMIRANTE PADILLA DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY DECLARA EMBARGADO PROVISIONALMENTE, las siguientes cantidades: EL CIEN POR CIENTO (100%) de las Prestaciones Sociales, y Fideicomiso que le pueda corresponder al demandado de autos en caso de despido, retiro voluntario o cualquier otra causa que de por terminada la relación laboral, como Fotógrafo al servicio del diario PANORAMA. La cantidad a retener por concepto de Prestaciones Sociales y Fideicomiso deberá ser remitida en cheque de gerencia a nombre del TRIBUNAL DE PROTECCION DE NIÑOS, NIÑAS Y ADOLESCENTES DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA. SALA DE JUICIO – JUEZ UNIPERSONAL No. 02. EXP. No. 25347. En este estado el (la) notificado (a), anteriormente identificada con el carácter antes indicado, expuso: Me doy por notificado (a) de la presente Medida, a reserva de verificar si el ciudadano demandado, antes identificado presta o prestó servicios en esta Institución, a los fines de dar perfecto cumplimiento a la medida decretada por el Juzgado de la causa de las cuales doy a mi representada por notificada. Este Tribunal Ejecutor deja expresa constancia de que no ha recibido pago ni dadiva alguna en el cumplimiento de sus funciones, de conformidad con lo establecido los artículos 26 y 254 de la Constitución de la Republica Bolivariana de Venezuela. Se ordena expedir copia de la presente Acta y su entrega a la persona notificada. Es todo, terminó, se leyó y conformes firman, siendo la 12:25 PM.-
LA JUEZ.
DRA. MARTHA ELENA QUIVERA.
EL NOTIFICADO (A) EL SECRETARIO:
ABOG. ANIBAL A PERNIA
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