REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Tribunal de Primera Instancia de Mediación y Sustanciación de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Nueva Esparta
La Asunción, treinta y uno de marzo de dos mil catorce
203º y 155º
ASUNTO: OP02-V-2013-000343
ACTORA: JESUS RAFAEL ROSALES, venezolano, mayor de edad y titular de la cédula de identidad N° V-20.764.798.
DEMANDADA: PATRICIA ELOISA BETANCOURT, titular de la cédula de identidad N° 16.163.985
MOTIVO: INQUISICION DE PATERNIDAD.
Se recibió por distribución de fecha 19/06/2013 demanda presentada por el ciudadano JESUS RAFAEL ROSALES, a través de la Fiscalía Octava del Ministerio Público, mediante la cual ocurre ante esta autoridad para demandar por inquisición de paternidad de la niña “Cuya identificación se omite de conformidad con el artículo 65 de la LOPNNA”, a la ciudadana PATRICIA ELOISA BETANCOURT, se admitió la misma en fecha 16/12/2013 y la parte consignó los fotostatos en fecha 01.07.2013, y se verificó la notificación de la demandada 09/07/2013 y se libró el Edicto ordenado por la Ley en fecha 10/10/2013, dejándose constancia del vencimiento del lapso concedido en el mismo en fecha 28/11/2013 tal y como se evidencia del folio 27 del asunto. En auto de fecha 14/01/2014, se fijó el inicio de la fase de mediación de la audiencia preliminar para el día 19/02/2014 a las 10:00 de la mañana, la cual se prolongó para el día 31/03/2014 a las 11:00 de la mañana, en virtud de la incomparecencia de las partes, sin embargo, llegada la oportunidad de la prolongación, anunciado el acto a las puertas del Circuito Judicial de Protección, por el Alguacil, se dejó constancia de la incomparecencia de las partes, pero vista la NO COMPARECENCIA del DEMANDANTE, es por lo que esta Jueza Tercera de Primera Instancia de Mediación, Sustanciación y Ejecución, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, y por Autoridad que le confiere la Ley, y a tenor de lo establecido en el articulo 472 de la citada Ley Especial, declara: PRIMERO: DESISTIDO el PROCEDIMIENTO incoado por el ciudadano JESUS RAFAEL ROSALES, venezolano, mayor de edad y titular de la cédula de identidad N° V-20.764.798 dada su no comparecencia a la audiencia y TERMINADO éste mediante Sentencia Oral proferida y publicada en esta misma fecha, a tenor de lo establecido en el precitado artículo. SEGUNDO: EXTINGUIDA LA INSTANCIA, en atención a la citada norma, haciéndosele saber a la parte que transcurrido un mes, podrán intentar nuevamente su solicitud. TERCERO: Devuélvase originales a las partes, previa su certificación en autos y remítase el presente asunto al Archivo Regional. Así se Decide.”
Dada, firmada y sellada en el Tribunal Tercero de Primera Instancia de Mediación y Sustanciación para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del estado Nueva Esparta, en La Asunción, a los treinta y un (31) días del mes de marzo del año 2014. Años 203º de la Independencia y 154º de la Federación.
La Jueza
Abg. Luisana Marcano V La Secretaria
Abg. Merlyn Prieto
En la misma fecha, siendo las 3:27 pm se agrega a las actas la presente sentencia. Conste.
La Secretaria
Abg. Merlyn Prieto
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