REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL PRIMERO DE EJECUCIÓN

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
Tribunal PRIMERO de Primera Instancia Penal en Función de Ejecución del Circuito Judicial Penal del Estado Monagas
Maturín, 11 de Marzo de 2014
203º y 155º

ASUNTO PRINCIPAL : NP01-P-2010-004738
ASUNTO : NP01-P-2010-004738


AUTO ACORDANDO LIBERTAD PLENA

Por recibido y visto el Informe Final presentado escrito presentado por la Unidad Técnica de Supervisión y Orientación N°. 2 del Estado Monagas, referente al penado JESUS RAFAEL SANCHEZ MENDOZA, Titular de la cédula de identidad Nro. 17.712.921, de Nacionalidad Venezolano, Natural de Caripe Estado Monagas, nacido en fecha 24-10-1986, mayor de edad, hijo de Maria Xiomara Mendoza (V) Abundio Rafael Sánchez Ugas (V), profesión u oficio Obrero, de Estado Civil Soltero, domiciliado, en la Segunda Transversal casa S/N La Frontera, a dos casas del Jardín de Infancia la Frontera, Caripe Estado Monagas, en virtud de haber culminado el lapso por el cual se acordó la SUSPENSIÓN CONDICIONAL DE LA EJECUCIÓN PENA; este Tribunal para decidir sobre la Libertad Plena del mencionado ciudadano; previamente observa lo siguiente:

El penad JESUS RAFAEL SANCHEZ MENDOZA, fue condenado a cumplir la pena de DOS (2) AÑOS Y OCHO (8) MESES por la comisión del delito de de los delitos de DISTRIBUCION DE SUSTANCIAS ESTUPEFACIENTES y PSICOTROPICAS EN CANTIDADES MENORES, previsto y sancionado en el artículo 31 Tercer aparte de La Ley Orgánica Contra El Trafico Ilícito y Consumo de Sustancias Estupefacientes y Psicotrópicas. Una vez firme dicha sentencia; este Tribunal procedió a emitir el Auto de Ejecución y Cómputo de la referida Sanción, estableciéndose el mismo opta a la Suspensión Condicional de la Ejecución de la Pena previo cumplimiento de los requisitos de ley, beneficio este que le fue acordado mediante Resolución de fecha 13 de Abril de 2011 siéndole impuestas varias condiciones.

Ahora bien, tal y como se dijo antes, fue presentado Informe Final emitido por la Unidad Técnica de Supervisión y Orientación del Estado Monagas; donde refiere que el penado JESUS RAFAEL SANCHEZ MENDOZA cumplió con las condiciones que le impuso el Tribunal, culminando con el régimen de presentaciones de forma satisfactoria bajo un nivel de supervisión medio. Con fundamento en lo anterior resulta procedente DECLARAR la LIBERTAD PLENA a favor del prenombrado ciudadano, en virtud de haber cumplido con las condiciones impuestas en el lapso de tiempo estipulado, dado el otorgamiento al mismo de la Suspensión Condicional de la Ejecución de la Pena en su oportunidad. ASI EXPRESAMENTE SE DECIDE.

DISPOSITIVA
Por todos los razonamientos anteriormente expuestos, este Tribunal Primero de Primera Instancia Penal en Función de Ejecución del Circuito Judicial Penal del Estado Monagas, “Administrando Justicia en Nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley. “ACUERDA” LA LIBERTAD PLENA del JESUS RAFAEL SANCHEZ MENDOZA antes identificado, en virtud de haber cumplido con las condiciones impuestas por este Tribunal.

Notifíquese al Fiscal Séptimo de Ejecución del Ministerio Público, al penado, a su Defensa e igualmente se acuerda remitir copias certificadas de la presente decisión al jefe de la Dirección de Vigilancia y Sanciones Penales del Ministerio de Interior y Justicia. Hágase lo conducente. Regístrese, Publíquese y Déjese Copia. Cúmplase.
EL Juez,


ABG. LIBERARCE ARTIGAS OLIVEROS

El Secretario

ABG. KEDYN CALDERON