Sentencia No. 175-14
REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
EN SU NOMBRE:
TRIBUNAL TERCERO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS MARACIABO, JESUS ENRIQUE LOSSADA Y SAN FRANCISCO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA
I.- Consta en las actas que los ciudadanos SAMUEL ENRRIQUE YVARRA FEREIRA y FLOR MARIA MENDOZA URBANO, Venezolanos, mayores de edad, cónyuges, titulares de las cédulas de identidad Números. V-9.787.064 y 7.206.760, respectivamente, domiciliados en esta ciudad de Maracaibo, Estado Zulia, asistidos por el abogado en ejercicio y de este domicilio JUAN CARLOS BERMUDEZ, inscrito en el INPREABOGADO bajo el Nro. 126.826, solicitaron la declaratoria de su divorcio, alegando ruptura prolongada de la vida en común por mas de cinco (5) años, acompañando con la solicitud copia certificada de su acta de matrimonio y copias de las cédulas de identidad de ambos cónyuges, fundamentando su petición en el artículo 185-A del Código Civil Vigente.
Solicitud que se admitió en este Tribunal en auto de fecha VEINTICINCO (25) de MARZO de 2014, disponiéndose la Notificación del Fiscal del Ministerio Público con competencia en el sistema de Protección del Niño y del Adolescente y la Familia del Estado Zulia. En fecha doce (12) de mayo de 2014, el Alguacil hizo exposición manifestando que notificó a la Fiscal 30 del Ministerio Público con competencia en el sistema de Protección del Niño y del Adolescente y la Familia del Estado Zulia
II.- El Tribunal para decidir, observa:
Consta de las actas procesales la existencia del vínculo matrimonial que se pretende disolver entre los cónyuges solicitantes y existe evidencia por su propia declaración, de la separación de hecho por mas de cinco (5) años y no habiendo oposición por parte del Fiscal del Ministerio Público, concluye esta Operadora de Justicia que la presente solicitud de divorcio debe prosperar en derecho. ASI SE DECIDE.
III.- Por los fundamentos antes expuestos:
Este TRIBUNAL TERCERO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS MARACIABO, JESUS ENRIQUE LOSSADA Y SAN FRANCISCO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, administrando justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, DECLARA CON LUGAR la solicitud de DIVORCIO propuesta por los ciudadanos SAMUEL ENRRIQUE YVARRA FEREIRA y FLOR MARIA MENDOZA URBANO y en consecuencia disuelto el vínculo matrimonial que ellos contrajeron el día veinticinco (25) de mayo de mil novecientos noventa y cinco (1995), por ante el jefe Civil y Secretario de la Parroquia Manuel Dagnino, Municipio Maracaibo del Estado Zulia. Acta No. 142.-
Dejándose constancia expresa que los ciudadanos antes identificados manifestaron, que durante la unión matrimonial no procrearon hijos ni adquirieron bienes.-
Dada, firmada y sellada en el Despacho del TRIBUNAL TERCERO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS MARACIABO, JESUS ENRIQUE LOSSADA Y SAN FRANCISCO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, a los tres (03) días del mes de junio de dos mil catorce (2014). Años: 204º de la Independencia y 155º de la Federación.
La Juez ,
Abog. MARIA IDELMA GUTIERREZ V. El Secretario
Abog. GASTON GONZALEZ URDANETA
En la misma fecha, siendo las once y treinta minutos de la mañana (11:30 a.m.), se dictó y publicó la presente decisión.-
El Secretario
Abog. GASTON GONZALEZ URDANETA
MGV/GGU/ca.-.
Sol. No. 1.168-2.013
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