REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO SUPERIOR AGRARIO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DE LOS ESTADOS MONAGAS Y DELTA AMACURO

Maturín, 09 de Junio de 2.014.
203º y 155º

Visto el oficio N° 00000744, emanado de la Oficina Regional Centro Oriental de la Procuraduría General de la Republica y de conformidad con lo establecido en el artículo 97 de la Ley Orgánica de la Procuraduría General de la República, y por cuanto se evidencia que la misma fue notificada, el 05 de Mayo de 2014, tal como se evidencia en el folio setenta y siete (77) del presente expediente; por una parte y por la otra, se evidencia en el presente asunto que se encuentran vencidos los lapsos establecidos en el auto del 03 de Abril de 2014; es por lo que se suspende la presente causa por un lapso de treinta (30) días continuos, contados a partir del día siguiente al presente auto.
El Juez,

LEONARDO JIMENEZ MALDONADO.

La Secretaria,

MARIA LUISA VELANDIA.




Exp. N° 0309-2014
LJM/MLV/yolbis.-