REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO SUPERIOR AGRARIO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DE LOS ESTADOS MONAGAS Y DELTA AMACURO
Maturín, 09 de Junio de 2014.
203º y 155º
Visto el oficio N° 00000742, emanado de la Oficina Regional Centro Oriental de la Procuraduría General de la República y de conformidad con lo establecido en el artículo 97 de la Ley Orgánica de la Procuraduría General de la República, y por cuanto se evidencia que la misma fue notificada, el 08 de Mayo de 2014, tal como se evidencia al folio doscientos veintiuno (221) del presente expediente; por una parte y por la otra, se evidencia en el presente asunto que se encuentran vencidos los lapsos establecidos en el auto del 07 de Marzo de 2014, cursante al folio doscientos tres (203), es por lo que se suspende la presente causa por un lapso de treinta (30) días continuos, contados a partir del día siguiente al presente auto.
El Juez,
LEONARDO JIMÉNEZ MALDONADO.
La Secretaria,
MARIA LUISA VELANDIA
Exp. 0069-2013
LJM/MLV/mmdz.-