REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA


PODER JUDICIAL

Tribunal Superior Quinto del Circuito Judicial Laboral de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia
Maracaibo, treinta de junio de dos mil catorce
204º y 155º

ASUNTO: VH02-X-2014-000020

SENTENCIA INTERLOCUTORIA CON FUERZA DE DEFINITIVA


Se abrió el acto por la Jueza Superior Quinto Dra. Thais Villalobos, con la presencia de la Secretaria Gabriela Parra y el Alguacil Vanessa Coy.

Constituido el Tribunal en la Sala de Audiencias del Circuito Judicial del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia, siendo las diez y treinta de la mañana (10:30 a.m), hora fijada a los fines de que tuviese lugar la audiencia prevista en el artículo 38 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, donde las partes deberán formular sus alegatos y defensas oralmente, de manera publica y contradictoria, en relación con la Recusación planteada en contra de la Jueza del Tribunal Tercero de Primera Instancia de Juicio del Circuito Judicial Laboral de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia, en el procedimiento que sigue el ciudadano ROBERT SÁNCHEZ contra la sociedad mercantil PEPSI COLA C.A.

Se deja constancia de la incomparecencia de la parte recusante y de la Jueza Recusada, a la presente audiencia, en consecuencia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, este Juzgado Superior Quinto del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia, administrando justicia por autoridad de la Ley, declara:

1. EL DESISTIMIENTO DE LA RECUSACIÓN de conformidad con el último parágrafo del articulo 38 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, planteada por la parte actora, en contra de la ciudadana IVETTE ZABALA en su carácter de Jueza del Tribunal Tercero de Primera Instancia de Juicio del Circuito Judicial Laboral de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia.
2. SE IMPONE al abogado recusante una multa equivalente a diez unidades tributarias de conformidad con lo establecido con el artículo 42 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo.

3. Una vez que conste en actas el cumplimiento de la multa, se ordena la REMISIÓN inmediata del expediente al Tribunal Tercero de Primera Instancia de Juicio del Circuito Judicial Laboral de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia para la consecución del proceso.

La Jueza,

THAIS VILLALOBOS SÁNCHEZ La Secretaria

GABRIELA PARRA


En la misma fecha se publicó la presente acta.


La Secretaria

GABRIELA PARRA