REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA


PODER JUDICIAL

Tribunal Décimo de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Circuito Judicial Laboral de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia
Maracaibo, tres de junio de dos mil catorce
204º y 155º

ASUNTO : VP01-L-2014-000436



Vista la diligencia suscrita por la abogado en ejercicio ADAN AÑEZ, e inscrito e el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el No 23.806 , actuando en su carácter de apoderado judicial de ciudadano SANDY RENDILES, mediante la cual DESISTE del Procedimiento por concepto de PRESTACIONES SOCIALES , consignado en contra de la Sociedad Mercantil SEIRICLEAN . En virtud de la anterior exposición; este TRIBUNAL DÉCIMO DE PRIMERA INSTANCIA DE SUSTANCIACIÓN, MEDIACIÓN Y EJECUCIÓN DEL CIRCUITO JUDICIAL DEL TRABAJO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, a tenor de lo establecido en el articulo 263 del Código de Procedimiento Civil HOMOLOGA EL DESISTIMIENTO DEL PROCEDIMIENTO, le imparte su aprobación y le otorga el carácter de Cosa Juzgada. Este tribunal da por terminado el expediente y ordena el cierre definitivo Así se decide..

La Juez


Abog. MARIANELA BRAVO
LA Secretaria