ACTA



Nº DE EXPEDIENTE: VP01-L-2014-000870
PARTE ACTORA: ERIK DARWING RAMIREZ PEREZ
APODERADA DE LA PARTE ACTORA: MARGENIS GARCIA
PARTE DEMANDADA: CONSTRUCTORES VENEZOLANOS, C.A.
APODERADA DE LA PARTE DEMANDADA: Norcy González
MOTIVO: Prestaciones Sociales.

En el día hábil de hoy,3 de Junio de 2014, siendo la, oportunidad para que tenga lugar la Audiencia Preliminar, comparecen los ciudadanos ERIK DARWING RAMIREZ PEREZ y CONSTRUCTORES VENEZOLANOS, C.A. en su carácter de parte actora y demandada respectivamente, debidamente asistidos por abogados o representados por apoderados judiciales , quienes han llegado al siguiente acuerdo, de conformidad con lo previsto en el artículo 133 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo La parte demandada ofrece la cantidad de ciento cincuenta y dos mil Bolívares (Bs.152.000,00) para satisfacer así los conceptos reclamados en el escrito libelar los cuales le son entregados al ciudadano extrabajador a través de instrumentos cambiarios girados en contra de la Institución Financiera MERCANTIL Banco Universal signados bajo los números 35490046 por un monto de noventa y seis mil novecientos cuarenta y seis Bolívares con sesenta y dos céntimos (Bs.96.946,62) y otro por la cantidad de cincuenta y cinco mil cincuenta y tres Bolívares con treinta y ocho céntimos (Bs. 53.053,38) para completar lo ofrecido y aceptado. En este estado la parte actora aceptó lo ofrecido libre de presión y con la asistencia legal correspondiente. Este Tribunal en vista de que la mediación ha sido positiva, de conformidad con lo previsto en el artículo 133 ejusdem, da por concluido el proceso y por cuanto el mismo no vulnera derechos irrenunciables del trabajador, ni normas de orden público, HOMOLOGA EL ACUERDO DE LAS PARTES, dándole efectos de la Cosa Juzgada. Las partes presentan escrito el cual se ordena agregar al expediente.


El Juez

El Secretario

Abg. Frank Guanipa





Los Presentes