REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL

Tribunal Primero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Iribarren de la Circunscripción Judicial del Estado Lara
Barquisimeto, treinta de julio de dos mil catorce
204º y 155º
ASUNTO : KP02-V-2009-001121

Se inició la presente causa por ante este Tribunal en fecha 01-03-2010, mediante auto de admisión del libelo de la demanda por CUMPLIMIENTO DE CONTRATO DE ARRENDAMIENTO, instaurada por la ciudadana AURA VIOLETA TOLEDO APONTE, venezolana, mayor de edad, titular de la cedula de identidad N° 5.237.229 y de este domicilio, con el carácter de Administradora de la Compañía SEGMENTOS, C.A., contra la ciudadana MILDRED GISELDA CORONADO VARGAS, venezolana, mayor de edad, titular de la cedula de identidad N° 12.433.008 y de este domicilio. Ahora bien, de la revisión de las actuaciones procesales que conforman la presente causa se observa que la misma se encuentra paralizada desde el día primero de marzo de 2010, toda vez que luego de esa fecha en la cual la demanda fue admitida, la parte demandante no realizó ninguna diligencia a los fines de impulsar el procedimiento, cumpliéndose en consecuencia lo contemplado en el artículo 267 del Código de Procedimiento Civil, el cual establece que: “Toda Instancia se extingue por el transcurso de una año sin haberse ejecutado ningún acto de procedimiento por las partes...” razón por la cual, este Tribunal declara PERIMIDA la instancia en el presente procedimiento de conformidad con el artículo 269 eiusdem. Se da por TERMINADO el presente juicio y se ordena su remisión al archivo judicial.
EL JUEZ,


ABG. LUÍS FERNANDO MARTÍNEZ AROCHA
LA SECRETARIA TEMPORAL,

ABG. LILIANA SANTELIZ
Se remite constante de treinta y ocho (38) folios útiles.
La Sec. Temporal.