REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL, TRANSITO Y AGRARIO
JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL, YDEL TRANSITO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO NUEVA ESPARTA.
La Asunción, 17 de Julio de 2.014.-
204º y 155º
Vista la diligencia de fecha de fecha 14-7-2.014, suscrita por la abogada BARBARA KELLY CARABALLO MUJICA, con inpreabogado nro. 206.910, actuando en su carácter de apoderada judicial de la parte actora, donde solicita se libre exhorto a los Tribunales Civiles del Área Metropolitana de Caracas, a los fines de que se practiquen las citaciones que haya lugar, así mismo solicita se designe correo especial al ciudadano JOSÉ GREGORIO COLMENARES DUQUE, venezolano, titular de la cédula de identidad nro. 18.490.646. En consecuencia, este Tribunal observa:
En fecha 17-6-2.014, se dictó auto de admisión de la presente acción de amparo ordenado el emplazamiento del Fiscal del Ministerio Público de este Estado, a la Fundación Nacional “El Niño Simón”, con domicilio en la Población de los Robles, Municipio Maneiro de este Estado, y a la Procuraduría General de la República Bolivariana de Venezuela. (Fs. 69-79).
Así mismo, en fecha 16-7-2.014, el ciudadano Alguacil de este Juzgado consignó copia del oficio nro. 0970-14.902, de fecha 17-6-2.014, dirigido a la Procuraduría General de la República, debidamente recibido por la Valija interna de la Dirección Ejecutiva de la Magistratura, en fecha 2 de Julio de 2.014. (Folios 89 y 90).
Ahora bien, de los anterior narrado se puede colegir, que de las tres notificaciones ordenadas solo se ha cumplido con el envío de la notificación a la Procuraduría General de esta República, faltando las notificaciones del Fiscal del Ministerio Público y de la Fundación Nacional “El Niño Simón”, ambas procedentes en este Estado, por tal razón, y visto que no hay citaciones o notificaciones que practicar fuera del Territorio Insular, debe este Tribunal declarar improcedente tanto la solicitud de librar exhorto a los Tribunales del Área Metropolitana de Caracas, como la designación de correo especial. ASÍ SE ESTABLECE.
LA JUEZ PROVISORIO,
DRA. CRISTINA BEATRIZ MARTINEZ,
LA SECRETARÍA,
ABG. ABG. ADELNNYS VALERA CARRILLO.
Exp. Nro. 24.925.
CBM/AVC/Pg.