REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Juzgado Superior del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Nueva Esparta
La Asunción, nueve de julio de dos mil catorce
204º y 155º
ACTA
N° DE EXPEDIENTE:OP02-R-2014-000052
PARTE DEMANDANTE APELANTE: Ciudadanos, GICELA DEL VALLE RODRÍGUEZ DE PEROZO, FELIPE JOSÉ RODRÍGUEZ VELÁSQUEZ y ROSA ALBINA FIGUEROA BRITO, venezolanos, mayores de edad y titulares de la cédula de identidad Nro. V-3.822.263, V-8.395.611 y V-3.826.882, en su orden.
APODERADOS JUDICIALES: Abogados en ejercicio FANNY MALDONADO, MÓNICA PALENCIA MALDONADO, AURORA MALDONADO, inscritas en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo los Nros. 35.521, 39.249 y 17.859, en su orden.
PARTE DEMANDADA: MUNICIPIO TUBORES DEL ESTADO NUEVA ESPARTA.
REPRESENTANTE DE LA PARTE DEMANDADA: Abogada CRISAMA CORTESÍA SALAZAR, Síndico Procurador Municipal de la Alcaldía del Municipio Tubores del Estado Nueva Esparta.
MOTIVO: Recurso de Apelación interpuesto en contra de la decisión publicada por el Juzgado Tercero de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Nueva Esparta, en fecha 30-05-2014.
En el día de hoy, Nueve (9) de Julio del año Dos Mil Catorce (2.014), siendo las Diez horas de la mañana (10:00 AM), oportunidad fijada para que tenga lugar la Audiencia Oral y Pública, de la causa distinguida bajo el Nº OP02-R-2014-000052; se constituye el Juzgado Primero Superior del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Nueva Esparta, presidido por la ciudadana Jueza, BETTYS LUNA AGUILERA y la Secretaria, ciudadana LECVIMAR GONZALEZ MARCANO. Anunciándose la realización de dicho acto a las puertas del Tribunal, se deja constancia de la no comparecencia de la parte demandante apelante ni por sí, ni por intermedio de apoderado judicial alguno. En consecuencia este Tribunal Primero Superior del Trabajo de esta Circunscripción Judicial, declara DESISTIDO el presente Recurso de Apelación interpuesto, de conformidad con lo establecido en el artículo 164 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo. Asimismo se ordena la notificación del ALCALDE DEL MUNICIPIO TUBORES DEL ESTADO NUEVA ESPARTA y del SÍNDICO PROCURADOR MUNICIPAL, de conformidad con el segundo aparte del artículo 153 de la Ley Orgánica del Poder Público Municipal. Remítase el presente expediente al Juzgado Tercero de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial de este Estado, a los fines respectivos.
LA JUEZA,
BETTYS LUNA AGUILERA.
LA SECRETARIA,
LECVIMAR GONZÁLEZ MARCANO.
BLA/ljgm
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