PODER JUDICIAL
JUZGADO SUPERIOR ESTADAL CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO MONAGAS CON COMPETENCIA EN EL ESTADO DELTA AMACURO
Maturín, 16 de Julio de 2.014
204º y 155º
ASUNTO: NP11-G-2014-000104
Visto el Recurso Contencioso Administrativo Funcionarial, interpuesto por la ciudadana YARITZA JOSEFINA RODRIGUEZ, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nro. V- 11.780.117, debidamente asistida por el abogado LUIS ENRIQUE SIMONPIETRI RODRIGUEZ, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nro. V- 4.215.594, e inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el Nro. 15.419, contra la ALCALDIA DEL MUNICIPIO CEDEÑO DEL ESTADO MONAGAS, este Tribunal se declara competente para conocer de la presente querella de conformidad con lo previsto en los artículos 9 y 25 de la Ley Orgánica de la Jurisdicción Contencioso Administrativa y la Disposición Transitoria Primera de la Ley del Estatuto de la Función Pública; y por cuanto no se encuentra incursa en ninguna de las causales de inadmisibilidad prevista en el artículo 35 de la Ley Orgánica de la Jurisdicción Contencioso Administrativa, sin perjuicio de revisar nuevamente dichas causales en la sentencia definitiva, en atención a lo establecido en el artículo 101 de la Ley del Estatuto de la Función Pública, se ADMITE el referido recurso cuanto ha lugar en derecho, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 98 ejusdem.
En consecuencia, se ordena las notificaciones de los ciudadanos: Alcaldesa del Municipio Cedeño del estado Monagas y del Síndico Procurador Municipal del Municipio Cedeño del estado Monagas, a los fines de notificarle sobre la admisión del presente recurso contencioso administrativo funcionarial y al último de los nombrados, para que dé contestación dentro de los Quince (15) días de Despacho siguientes de conformidad con el artículo 99 de la Ley del Estatuto de la Función Pública, vencidos como se encuentren los Quince (15) días hábiles a que se refiere el artículo 82 de la Ley Orgánica de la Procuraduría General de la República, una vez que conste en autos su notificación, y asimismo remita los antecedentes administrativos de la ciudadana YARITZA JOSEFINA RODRIGUEZ, ampliamente identificada, dentro de los diez (10) días de despacho siguientes y en caso de no remitir los mismos, podrá ser sancionado por el tribunal con multa entre cincuenta (50) y cien (100) unidades tributarias, de conformidad con lo establecido en el artículo 79 de la Ley Orgánica de la Jurisdicción Contencioso Administrativa.
Publíquese, regístrese y notifíquese. Cúmplase lo ordenado.
Dada, Firmada y Sellada en la Sala de despacho del Juzgado Superior Estadal Contencioso Administrativo de la Circunscripción Judicial del estado Monagas, con Competencia en el estado Delta Amacuro, en Maturín, a los Dieciséis (16) días del mes de Julio de Dos mil Catorce (2014). Años 204° de la Independencia y 155° de la Federación.
La Jueza Temporal,
ABG. DORELYS BLANCO MALAVÉ
La Secretaria Temporal,
ABG. NILJOS LOVERA SALAZAR
En la misma fecha, siendo las diez y treinta y cinco de la mañana (10:35 am), se publicó y agregó la presente resolución a las actuaciones del expediente. De igual manera, se hizo su inserción en el Sistema Juris 2000 por parte de la ciudadana Jueza, así como su correspondiente publicación en el portal informático http://monagas.tsj.gov.ve/. Dejándose la copia ordenada para el copiador correspondiente. Conste.
La Secretaria Temporal,
ABG. NILJOS LOVERA SALAZAR
DBM/NLS/m.r.*.-
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