REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
JUZGADO SUPERIOR ESTADAL CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO MONAGAS CON COMPETENCIA EN EL ESTADO DELTA AMACURO
Maturín, 16 de julio de 2014.
204º y 155º
ASUNTO: NP11-G-2014-000103
Visto el oficio N° 17.976 de fecha 26 de mayo del 2014, emanado del Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil y Mercantil de la Circunscripción Judicial del estado Monagas, mediante el cual remite por Declinatoria de Competencia QUERELLA FUNCIONARIAL (Nulidad de Acto Administrativo) interpuesta por la ciudadana YUBIS CLARET YAJURE LOPEZ, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V-13.480.871, debidamente asistida por la abogada en ejercicio SOIRED CAROLINA HERNANDEZ, inscrita en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el N° 120.650, contra la CONTRALORIA MUNICIPAL DEL MUNICIPIO MATURÍN DEL ESTADO MONAGAS, este Tribunal se declara competente para conocer de la presente querella de conformidad con lo previsto en los artículos 9 y 25 de la Ley Orgánica de la Jurisdicción Contencioso Administrativa y la Disposición Transitoria Primera de la Ley del Estatuto de la Función Pública; y por cuanto no se encuentra incursa en ninguna de las causales de inadmisibilidad prevista en el artículo 35 de la Ley Orgánica de la Jurisdicción Contencioso Administrativa, sin perjuicio de revisar nuevamente dichas causales en la sentencia definitiva, en atención a lo establecido en el artículo 101 de la Ley del Estatuto de la Función Pública, se ADMITE la referida querella cuanto ha lugar en derecho, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 98 ejusdem.
En consecuencia, se ordena la citación del Contralor (a) Municipal de Maturín del estado Monagas, de conformidad con lo establecido en el articulo 99 de la Ley del Estatuto de la Función Pública, para que comparezca por ante éste Juzgado a dar contestación a la querella, dentro del plazo de Quince (15) días de despacho siguientes, Asimismo, se acuerda remitirle las copias certificadas correspondientes y solicitar los Antecedentes Administrativos del caso, de conformidad con el artículo 79 de la Ley Orgánica de la Jurisdicción Contencioso Administrativo, el cual deberá ser remitido dentro de los diez (10) días de despacho siguientes a su notificación, advirtiéndole que por omitir o retardar dicha remisión podrá ser sancionado por este Tribunal con multa entre 50 U.T., a 100 U.T. Cúmplase con lo ordenado. Igualmente, se ordena notificar al ciudadano Alcalde del Municipio Maturín del estado Monagas y Síndico Municipal del Municipio Maturín del estado Monagas, de conformidad a lo establecido en el artículo 153 de la Ley Orgánica del Poder Público Municipal. Líbrese lo conducente.-
Publíquese, regístrese y notifíquese. Cúmplase lo ordenado.
Dada, Firmada y Sellada en la Sala de despacho del Juzgado Superior Estadal Contencioso Administrativo de la Circunscripción Judicial del estado Monagas, con Competencia en el estado Delta Amacuro, en Maturín, a los dieciséis (16) días del mes de julio de Dos mil Catorce (2014). Años 204° de la Independencia y 155° de la Federación.
La Jueza Temporal,
DORELYS BLANCO MALAVÉ
La Secretaria Temporal,
NILJOS LOVERA SALAZAR
En la misma fecha, siendo las Dos y Treinta minutos de la tarde (2:30 pm) minutos, se publicó y agregó la presente resolución a las actuaciones del expediente. De igual manera, se hizo su inserción en el Sistema Juris 2000 por parte de la ciudadana Jueza, así como su correspondiente publicación en el portal informático http://monagas.tsj.gov.ve/. Dejándose la copia ordenada para el copiador correspondiente. Conste.
La Secretaria Temporal,
NILJOS LOVERA SALAZAR
DBM/NLS/ns*-
ASUNTO: NP11-G-2014-000103
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