REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA AGRARIO
REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA AGRARIA
DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO NUEVA ESPARTA
La Asunción, Once (11) de Julio de 2014
Años 204º y 155º
En el día de hoy, once (11) de Julio de Dos Mil Catorce (2014), siendo Once y tres minutos de la mañana (11:03 a.m.), se trasladó y constituyó éste Juzgado de Primera Instancia Agraria de la Circunscripción Judicial del Estado Nueva Esparta, presidido por el Abogado JORGE HUERTA POLIDOR, Juez Provisorio en compañía de la Secretaria Temporal Abogada LAURA MILLÁN NARVÁEZ, el ciudadano Luís Cedeño, Alguacil de éste Juzgado Agrario, en un lote de terreno ubicado en el Sector La Vega de El Cardón, antigua Vía Parque El Agua, Municipio Antolin del Campo del Estado Nueva Esparta, con el fin de practicar la Inspección Judicial acordada por éste Tribunal Agrario mediante auto de fecha 03 de Julio de 2014, de conformidad con lo previsto en los artículos 189, 190 y 191 de la Ley de Tierras y Desarrollo Agrario. Acto seguido, el Tribunal Agrario deja constancia que en el lote de terreno donde se encuentra constituido se hicieron presentes el ciudadano JESÚS ENRIQUE LEÓN ALVARADO, titular de la cédula de identidad Nº V.-16.931.643, debidamente asistido por las Abogadas Maria Marval de Ruiz, y Leina Narváez, inscritas en el Instituto de Previsión Social del Abogado, bajo el Nros. 149.293 y 180.422 y el ciudadano CARLOS ASUNCIÓN TINEO MEDINA, debidamente asistido por el Abogado Luís Miguel Rojas, en su carácter de Defensor Público Primero Agrario adscrito a la Unidad Regional de la Defensa Pública del Estado Nueva Esparta. Seguidamente el Tribunal Agrario pasa a designar como experto al Ingeniero Agrónomo José Manuel Bravo, titular de la cédula de identidad Nº V-9.271.720, Jefe del Área Técnica de la Oficina Regional de Tierras del Estado Nueva Esparta adscrita al Instituto Nacional de Tierras (INTI), para que asesore a éste Tribunal en la práctica de la presente Inspección Judicial; quien estando presente aceptó tal designación y prestó el juramento de Ley. El Tribunal Agrario previo recorrido por el lote de terreno objeto de la presente inspección judicial y con el asesoramiento del experto designado deja constancia de los siguientes particulares: PRIMERO: Se deja constancia que el lote de terreno inspeccionado, cuenta con tierras con vocación de uso agrícola y que en dicho lote de terreno no se están realizando actividades productivas agrícolas vegetal; SEGUNDO: Se deja constancia que en el lote de terreno inspeccionado, no se observó construcciones de bienhechurias de uso habitacional, ni cuenta con la instalación de servicios públicos básicos, como luz, agua, entre otros y tampoco se observó que ninguna persona habita o vive en el terreno inspeccionado; TERCERO: En virtud de que la parte actora en la presente causa no aportó información y documentación suficiente para determinar la superficie y linderos del lote de terreno inspeccionado, este Tribunal Agrario ordena que se practique otra Inspección Judicial, con el auxilio de expertos, para el día miércoles 06 de Agosto de 2014 a las 9:00 a.m., a los fines de determinar con precisión la superficie y linderos del terreno, objeto de la presente inspección, quedan las partes notificadas del presente acto. Asimismo, se le concede al experto designado y juramentado un lapso de tres (03) días de despacho siguientes al de hoy, a los efectos de que consigne el respectivo informe técnico y fotográfico correspondiente a la presente Inspección Judicial. Siendo las once y cincuenta y cinco de la mañana (11:55 a.m.) concluyó el presente acto y aún en sitio se ordena el regreso a su sede natural; En consecuencia se levantó el acta respectiva y éste Tribunal Agrario ordena agregarla al expediente. Líbrese Oficio correspondiente a la Oficina Regional de Tierras del Estado Nueva Esparta, a los fines de la designación de experto para la práctica de la Inspección Judicial acordada mediante la presente acta. Es todo, terminó, se leyó y conformes firman.
El Juez Provisorio,
Abg. Jorge Huerta Polidor
La Secretaria Temporal,
Abg. Laura Millán Narváez,
La parte actora
Abogada Asistente de la parte actora
Abogada Asistente de la parte actor
La Parte demandada
Abogado Asistente de la parte demandada,
El Experto Designado,
El Alguacil,