REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL SEGUNDO DE CONTROL, AUDIENCIA Y MEDIDAS CON COMPETENCIA EN MATERIA DE VIOLENCIA CONTRA LA MUJER

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
TRIBUNAL SEGUNDO DE VIOLENCIA CONTRA LA MUJER EN FUNCIONES DE CONTROL, AUDIENCIA Y MEDIDAS DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO MONAGAS

Maturín, 16 de Julio de 2014
204º y 155º

ASUNTO PRINCIPAL : NP01-S-2013-000199
ASUNTO : NP01-S-2013-000199


Corresponde a este Tribunal Segundo de Violencia contra la Mujer en función de de Control, Audiencia y Medidas de esta Circunscripción Judicial decidir la solicitud de entrega de vehículo realizada por el ciudadano JONATHAN ASDRÚBAL FLORES BETANCOURT, al respecto hace las siguientes consideraciones:
Cursa en actas, inserto al folio tres (03) de la fase investigativa del presente asunto, acta de investigación suscrita en fecha 19/03/2013, de donde se desprender que se retuvo el vehículo MARCA: BERA; MODELO: BR200 R1; PLACAS: AC6T41K; AÑO: 2012; SERIAL DE CARROCERÍA: 8215RFEB9CD001820; SERIAL DEL MOTOR: 165FML8C101971, en el procedimiento donde resultó aprehendido el ciudadano Avelino Yanney Palacios Salazar.
Posteriormente, al folio ciento cuarenta y cinco (45) de referida fase investigativa, cursa experticia realizada al vehículo que nos ocupa, practicada en fecha 20/03/2013 por parte del Cuerpo de Investigaciones Científicas, Penales y Criminalísticas, de la cual se desprende lo siguiente: “
(…) EXPOSICIÓN: A los efectos se procedió la inspección a un vehículo automotor aparcado en el estacionamiento interno de esa Sub Delegación, presentando las siguientes características:
MARCA: BERA, MODELO: R1, CLASE: MOTOCICLETA, TIPO: R1, COLOR: BLANCO Y NEGRO, PLACAS: AC6T41K (…)
CONCLUSIONES:
01.- Que el serial que identifica de carrocería del vehículo, donde se lee la cifra: 8215RFEB9CD001820, se encuentra ORIGINAL.
02.- Que el serial de motor donde se lee la cifra: 165FML8C101971, se encuentra ORIGINAL (…).
Fue consignado por el ciudadano JONATHAN ASDRÚBAL FLORES BETANCOURT certificado de Origen N° BS.002358, expedido por el Instituto Nacional de Transporte Terrestre, a nombre del referido ciudadano, el cual cursa en original.
Del mismo modo fue consignada por el ciudadano JONATHAN ASDRÚBAL FLORES BETANCOURT copia simple de factura N° 003200 y constancia de compra ambas de fecha 24/11/2012, emitida por la empresa “Inversiones Oscra Motors, C.A.”, de donde se desprende la compra del vehículo en referencia, por parte del antes mencionado ciudadano, cuyo contenido fue verificado a través del número telefónico 0291-635.16.94, con la ciudadana Verónica Pérez, titular de la cédula de identidad N° V- 230.533.227, quien se identificó como encargada de ese concesionario.
De todos los elementos transcritos anteriormente, se observa que, el vehículo retenido en la presente causa corresponde a un vehículo, MARCA: BERA; MODELO: BR200 R1; PLACAS: AC6T41K; AÑO: 2012; SERIAL DE CARROCERÍA: 8215RFEB9CD001820; SERIAL DEL MOTOR: 165FML8C101971; y que pudo comprobarse con la experticia realizada en autos que, el serial de carrocería se encuentra en estado ORIGINAL, y le corresponde al vehículo reclamado por la solicitante; en consecuencia, ha de establecerse, sin lugar a dudas que, en el caso que nos ocupa, pudo determinarse con claridad la identificación real del vehículo, y como quiera que, el mismo le pertenece al solicitante, aunado a que no se encuentra solicitado; a criterio de quien decide, lo procedente y ajustado a derecho es acordar la ENTREGA al ciudadano JONATHAN ASDRÚBAL FLORES BETANCOURT, del vehículo que nos ocupa, por haberse demostrado con la experticia practicada, la identificación real del vehículo y haber acreditado el referido solicitante -con la documentación necesaria- la propiedad del mismo. Y así se declara.
Por todos los razonamientos, precedentemente expuestos, este Tribunal Segundo de Violencia contra la Mujer en función de Control, Audiencias y Medidas, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, ACUERDA LA ENTREGA del vehículo MARCA: BERA; MODELO: BR200 R1; PLACAS: AC6T41K; AÑO: 2012; SERIAL DE CARROCERÍA: 8215RFEB9CD001820; SERIAL DEL MOTOR: 165FML8C101971; al ciudadano JONATHAN ASDRÚBAL FLORES BETANCOURT, titular de la Cédula de Identidad número V- 20.051.291, el cual se encuentra aparcado en el Estacionamiento Italia ubicado en esta Localidad, para lo cual se ordena librar oficio al encargado de dicho establecimiento, a los fines consiguientes. Agréguense los presentes recaudos complementarios al asunto principal para que surtan sus efectos legales. Notifíquese le presente decisión. Cúmplase.
Jueza de Control, Audiencias y Medidas,


ABGA. MARTHA ELENA ÁLVAREZ SÁNCHEZ



La Secretaria,


ABGA. GRECIA CAROLINA LEAL COA