REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL

Tribunal Primero de Violencia contra la Mujer en función de Control Audiencia y Medidas de la Circunscripción Judicial del estado Monagas
Maturín, 11 de Julio de 2014
204º y 155º
ASUNTO PRINCIPAL : NP01-P-2009-002143
ASUNTO : NP01-P-2009-002143
AUTO DE SOBRESEIMIENTO POR FALLECIMIENTO DEL IMPUTADO DE AUTOS
Revisada como han sido minuciosamente las actas procesales que conforman la presente causa penal, este Tribunal pasa a realizar las siguientes consideraciones:
El Ocho (08) de Enero del año Dos Mil Nueve (2009), siendo las 02:40 horas de la tarde, se constituyó el Tribunal Segundo Penal Ordinario de Primera Instancia en Función de Control del Circuito Judicial del Estado Monagas, en la Sala de Imputados de este Circuito Judicial Penal, a los fines de llevar a efecto la AUDIENCIA DE PRESENTACIÓN DE DETENIDO, en virtud de la presentación de las actuaciones por la Fiscalía Décimo Quinta del Ministerio Público de este Estado, y realizado el Traslado del ciudadano JOSE JESUS MARTINEZ MARACAY desde la Comandancia General de Policía de este Estado ante la sala de este Despacho, estando presente la Fiscal Décimo Quinta del Ministerio Público ABGA. BRIGIDA BELLO, el ciudadano JOSE JESUS MARTINEZ MARACAY, y el Defensor Público Décimo Cuarta Penal ABGA. WENDY FIGARELLA, donde se imputó por la presunta comisión del delito: en la comisión de un hecho punible tipificado como el delito de VIOLENCIA FISICA, previsto y sancionado en el Artículo 42 en su encabezamiento y primer aparte de Ley Orgánica del Derecho a la Mujer a una Vida Libre de Violencia, en contra de su concubina (SE OMITE IDENTIDAD). No obstante en fecha 28 de septiembre 2011, la Ciudadana Defensora Pública primera especializada ABGA. MARIA EUGENIA GONZALEZ, consignó CERTIFICADO DE MUERTE Y DE ENTARRAMIENTO del ciudadano imputado: JOSE JESUS MARTINEZ, Venezolano, de 35 años de edad, Estado Civil: Soltero, hijo de: ISBELIA RAMONA MARTINEZ (V) y de JOSE JESUS MARTINEZ (V), de profesión u oficio Albañil, natural de Maturín Estado Monagas, nacido en fecha 25/07/1972, Titular de la Cédula de Identidad Nº V- 12.156.475, domiciliado en: la Calle Principal, San Miguel, frente al Kinder, Casa Nº 30, Maturín Monagas, con una causa de muerte: TRAUMATISMO CRANEOENCEFALICO SEVERO Y HERIDA POR ARMA BLANCA, tal como se puede evidenciar en certificado de Muerte expedido por la ciudadana Patóloga ZEYNA VILLANUEVAS, titular de la cédula de identidad Nº.- V 9.860521, tipo de certificación médica Nº.- 50942, adscrita al cuerpo de Investigaciones Científicas penales y Criminalística Subdelegación maturín del Estado Monagas, siendo el Acta de defunción Nº.-1337905 Número de folio 237 , Nº.-acta: 737 Consignado en por ante este Juzgado por la ciudadana Defensora Pública Especializada con sello húmedo. .
Ahora bien, al respecto nuestro legislador ha considerado al respecto artículo 49 de la Extinción Penal:
Son causales de extinción de la Acción Penal:
1.- La Muerte del Imputado o imputada
En tal sentido, en opinión de esta Juzgadora la muerte del imputado libera al imputado, y ya no le permite otras opciones de vida. En consecuencia, debe existir el cese absoluto y definido del Proceso en Curso, a tales efectos, se debe probar, ya que de lo contrario puede ser objeto de “truculencias” en el objeto penal.
Consta en las presentes actuaciones certificado de muerte de fecha 26 de marzo del año 2011 suscrito por: la ciudadana Patóloga ZEYNA VILLANUEVAS, titular de la cédula de identidad Nº.- V 9.860521, tipo de certificación médica Nº.- 50942, adscrita al cuerpo de Investigaciones Científicas penales y Criminalística Subdelegación maturín del Estado Monagas, siendo el Acta de defunción Nº.-1337905 Número de folio 237, Nº.-acta: 737. En tal sentido; observa esta Juzgadora que de los antes evidenciado efectivamente se ha concretado la extinción de la acción penal en la causa alfanumérica NP01-P-2009-002143 por muerte del imputado tal como lo establece el numeral 1º del artículo 48 del Código Orgánico Procesal penal, en consecuencia lo procedente y ajustado a derecho es DECRETAR EL SOBRESEMIENTO DE LA CAUSA conforme a lo previsto en el artículo 300, numeral 3º del Código Orgánico Procesal Penal, Y ASI SE DECIDE.
DISPOSITIVA
En virtud de los razonamientos anteriormente expuestos este Tribunal Primero en Función de Control, Audiencias y Medidas con competencia especial en delitos en Violencia contra la Mujer del Circuito Judicial Penal del Estado Monagas. Administrando e Impartiendo Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, ORDENA SOBRESEIMIENTO DE LA CAUSA conforme a lo previsto en el artículo 300, numeral 3º, en concordancia con el artículo 49 del Código Orgánico Procesal Penal numeral 1º en la causa NP01-P-2010-005123 dónde es acusado el ciudadano JOSE JESUS MARTINEZ, Venezolano, de 35 años de edad, Estado Civil: Soltero, hijo de: ISBELIA RAMONA MARTINEZ (V) y de JOSE JESUS MARTINEZ (V), de profesión u oficio Albañil, natural de Maturín Estado Monagas, nacido en fecha 25/07/1972, Titular de la Cédula de Identidad Nº V- 12.156.475, domiciliado en: la Calle Principal, San Miguel, frente al Kinder, Casa Nº 30, Maturín Monagas quien falleció: en fecha 26 de marzo del año 2011 suscrito por: la ciudadana Patóloga ZEYNA VILLANUEVAS, titular de la cédula de identidad Nº.- V 9.860521, tipo de certificación médica Nº.- 50942, adscrita al cuerpo de Investigaciones Científicas penales y Criminalística Subdelegación maturín del Estado Monagas, siendo el Acta de defunción Nº.-1337905 Número de folio 237, Nº.-acta: 737. Líbrese oficio a la Fiscalía Décima Quinta del Ministerio Público en el Estado Monagas, anexando copias certificadas de la presente decisión, hágase la respectiva notificación a las partes, además líbrese oficio a la División de Captura del Cuerpo de Investigaciones Científicas penales Y Criminalísticas subdelegación Maturín del Estado, con la finalidad de que sea excluido de los registros policiales llevados por ante esa subdelegación Maturín del Estado Monagas. Regístrese y Publíquese. Cúmplase.-
LA JUEZA PRIMERA DE CONTROL AUDIENCIA Y MEDIDAS

ABGA. IVIS RODRIGUEZ CASTILLO

LA SECRETARIA JUDICIAL

ABGA. GRACIELA CIRCELLI