REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL

Juzgado Segundo de Primera Instancia de Mediación, Sustanciación y Ejecución
del Circuito Judicial de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la
Circunscripción Judicial del Estado Nueva Esparta
La Asunción, 09 de Julio de dos mil catorce
204º y 155º

ASUNTO: OP02-V-2013-000436

Vista la diligencia de fecha 04/07/2014, suscrita por los ciudadanos Jacqueline Bonaci Collante y Pablo José Urbano, titulares de las cedulas de identidad Nros V-15.818.384 y V-9.453.175, respectivamente, debidamente asistidos por el abogado Erick Florez, Defensor Publico Quinto 5to de Protección de este estado y en atención a su contenido, esta Jueza decreta Medida Preventiva y Provisional de Colocación Familiar, en beneficio del niño “Cuya identidad se omite de conformidad con lo establecido en el Articulo 65, de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes”, en el hogar de los ciudadanos Jacqueline Bonaci Collante y Pablo José Urbano, anteriormente identificados, conforme a lo establecido en el Articulo 466, Parágrafo Primero, literal “e” de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes, en concordancia con el Artículo 395 literal “b” y 397-C respectivamente. Como quiera que la Colocación Familiar tiene por objeto otorgar la Responsabilidad de Crianza de manera temporal y debe ser entendida con todos los atributos de la Responsabilidad de Crianza a tenor de lo establecido en el articulo 396 ejusdem, es por lo que se ordena expedir constancia de Responsabilidad de Crianza y ejercicio de Custodia como atributo inherente a ella. Así mismo se acuerda recabar las resultas del oficio Nº 4235-13 de fecha 05/08/2013 y ratificado mediante oficio Nº 2234-14, de fecha 15/05/2014, dirigido al Servicio Administrativo de Identificación, Migración y Extranjería (SAIME), en relación al ultimo domicilio registrado por el ciudadano Ediover Alexander Chourio Vega. Con relación al Informe Solicitado se proveerá luego de celebrada la Sustanciación Líbrese constancia y oficio.
La Jueza,

Fanny Luz Márquez
La Secretaria,

Yvette Moy Pavan
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