REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL

Juzgado Segundo de Primera Instancia de Mediación, Sustanciación y Ejecución del Circuito de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Nueva Esparta
La Asunción, dos de julio de dos mil catorce
204º y 155º
ASUNTO: OP02-J-2012-002179
ENTREVISTA


En el día de hoy, dos de julio de dos mil catorce, siendo las once de la mañana (11:00 a.m.), oportunidad para que tenga lugar la entrevista fijada en el presente asunto con ocasión a la OBLIGACIÓN DE MANUTENCIÓN a favor de los niños de autos. Se anunció el acto por el Alguacil adscrito a este Circuito; se deja constancia que ambos progenitores comparecieron al acto. En este estado, la Jueza de este Despacho, Dra. Fanny Luz Márquez, pasa a dar inicio a la entrevista instando al ciudadano Juan José Rasse a cancelar los alimentos a sus hijos. Una vez verificadas las cantidades de dinero y las facturas consignadas en autos, se deja sin efecto el calculo realizado por la Oficina de Control de Consignaciones por cuanto se revisaron una a una las facturas y se reconocieron unas y se desecharon otras, por lo que el monto real alcanza la cantidad de Bs. 3.468,00 por mensualidades atrasadas hasta la primera quincena del mes de julio de este año con intereses de mora, porque se pagan por adelantado y facturas de medicinas del mes de mayo, suma esta que la Jueza logró por acuerdo que el ciudadano Juan José Rasse se comprometió a cancelar en los próximos dos meses. Se ordena abrir una cuenta bancaria en el Banco Bicentenario a favor de los niños y se autoriza a la O.C.C. para que gestione las diligencias a tal fin. Ahora bien este Juzgado HOMOLOGA en todas y cada una de sus partes y en los mismos términos el acuerdo de pago de la deuda considerándolo como asunto pasado en autoridad de cosa juzgada, de conformidad con lo establecido en el artículo 518 ejusdem. Es todo. Terminó, se leyó y conformes firman.
LA JUEZA,


FANNY LUZ MÁRQUEZ.
El ciudadano Juan José Rasse,

La ciudadana Zaide del Valle Rodríguez,



LA SECRETARIA,


ABG. YVETTE MOY PAVAN.