Nº DE EXPEDIENTE: NP11-L-2013-001373
PARTE ACTORA: LUIS GONZALEZ, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad Nro. 13.544.856 de este domicilio
APODERADO DE LA PARTE ACTORA: ALFREDO MALAVE, inscrito en el INPREABOGADO bajo el Nro. 87.255, de este domicilio.
PARTE DEMANDADA: MODIRIATE EHDASS, C.A.
APODERADO DE LA PARTE DEMANDADA: JORGE PEINERO, inscrito en el INPREABOGADO bajo los Nro. 138.967
MOTIVO: INDEMNIZACION POR ENFERMEDAD OCUPACIONAL, LUCRO CESANTE Y DAÑO MORAL.
Hoy, 10 de julio de 2014, comparecieron por ante este Tribunal el ciudadano LUIS GONZALEZ, en su carácter de demandante, asistidos por el Abogado ALFREDO MALAVE, en su carácter de Apoderado Judicial de el demandante y el abg. JORGE PEINERO, en su carácter de Apoderado Judicial de la empresa MODIRIATE EHDASS, C.A.,, identificados todos en el encabezamiento de la presente acta, se da comienzo al presente acto y por cuanto han logrado un acuerdo en la prolongación de la Audiencia Preliminar, el Tribunal en virtud de tal solicitud acuerda de conformidad, en consecuencia se levanta la presente acta en los términos siguientes y por vía de transacción, ofreció pagar la suma única y definitiva, al ciudadano LUIS GONZALEZ la cantidad de DOSCIENTOS DIEZ MIL BOLIVARES, (Bs. 210.000), el cual será consignado por ante la OCC de esta Coordinación del Trabajo el día 17-07-2014, donde se incluyen todos los conceptos reclamados en el libelo de la demanda, que se generaron durante el tiempo que duro la relación laboral con la empresa, que comprenden la Indemnización por Enfermedad Ocupacional, Lucro Cesante y Daño Moral. El trabajador y su Apoderado Judicial manifiestan que están totalmente satisfecho con el ofrecimiento hecho por la reclamación que se sustanció en la presente causa señalando que no tiene nada más que reclamar a la empresa demandada; por los conceptos reclamados ni por ningún otro, concluida de conformidad con lo expuesto las partes han llegado al acuerdo antes expuesto ut supra, de conformidad con lo previsto en el artículo 133 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo. Las partes solicitaron en este acto se expidan copias certificadas de la presente acta a los efectos correspondientes así como el archivo del expediente. Este Tribunal de conformidad con lo previsto en el artículo 133 ejusdem, da por concluido el proceso y por cuanto el mismo no vulnera derechos irrenunciables del trabajador, ni normas de orden público, HOMOLOGA EL ACUERDO DE LAS PARTES. Dándole efectos de la Cosa Juzgada, ordenándose el archivo del expediente. Se deja constancia que se entregan las pruebas.
EL JUEZ PROVISORIO,
Abg. JOSÉ L. ADRIÁN MATA
LA SECRETARIA (0), Abg.
El trabajador y su Apoderado
El Apoderada Judicial de la empresa
En esta misma fecha se dio cumplimiento a lo ordenado.
El Secretario (a)
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