ACTA
Nº DE EXPEDIENTE: VP01-L-2014-000835
PARTE ACTORA: CARLOS BORJAS
APODERADO DE LA PARTE ACTORA: DENIS ZAMBRANO
PARTE DEMANDADA: SUELOS INGENIERIA INC. SUCURSAL VENEZUELA
APODERADO DE LA PARTE DEMANDADA: José Bravo
MOTIVO: Prestaciones Sociales.
En el día hábil de hoy,8 de Julio de 2014, siendo las 11:23 AM, oportunidad para que tenga lugar la Audiencia Preliminar, comparecen los ciudadanos CARLOS BORJAS y SUELOS INGENIERIA INC. SUCURSAL VENEZUELA en su carácter de parte actora y demandada respectivamente, debidamente asistidos por abogados o representados por apoderados judiciales , quienes han llegado al siguiente acuerdo, de conformidad con lo previsto en el artículo 133 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo La parte demandada ofrece la cantidad de tres mil quinientos noventa Bolívares con noventa y un céntimos (Bs. 3.590,91) para satisfacer así los conceptos reclamados en el escrito libelar, los cuales le son entregados en este actor a través de cheque girado en contra de la Institución Financiera VENEZOLANO DE CREDITO signado bajo el numero: 51025639 del cual se deja copia simple para ser agregado al expediente. En este estado el apoderado actor acepto lo ofrecido libre de presión y con la facultad expresa para tal fin. Este Tribunal en vista de que la mediación ha sido positiva, de conformidad con lo previsto en el artículo 133 ejusdem, da por concluido el proceso y por cuanto el mismo no vulnera derechos irrenunciables del trabajador, ni normas de orden público, HOMOLOGA EL ACUERDO DE LAS PARTES, dándole efectos de la Cosa Juzgada. La partes presentan escrito el cual se ordena agregar al expediente.
El Juez
El Secretario
Abg. Frank Guanipa
Los Presentes
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