Comisión Nº 5143/2014

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
EN SU NOMBRE:
JUZGADO TERCERO EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS MARACAIBO, JESÚS ENRIQUE LOSSADA, SAN FRANCISCO, MARA, PÁEZ Y ALMIRANTE PADILLA DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA.
203° y 153°

En el día de hoy, martes veinticinco (25) de febrero del año dos mil catorce (2014), siendo las diez y veinte horas de la mañana ( 10:25 a .m.), fecha y hora de constitución de este Juzgado, siendo la oportunidad fijada, para llevar a efecto la ejecución de la MEDIDA DE EMBARGO PREVENTIVO, decretada por el TRIBUNAL DE PROTECCIÓN DE NIÑOS, NIÑAS, Y ADOLESCENTES DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, SALA DE JUICIO-JUEZ UNIPERSONAL Nº 04, en el Juicio que por OBLIGACIÓN DE MANUTENCIÓN, sigue la ciudadana YUVISAY DEL CARMEN CHACIN MORONTA, portadora de la Cédula de Identidad Nº V-16.727.489, en contra del ciudadano JESUS ANTONIO ADRIANZA CHACIN, portador de la cédula de identidad Nº 14.357.123, llevado en el expediente Nº 25.935, de la nomenclatura correspondiente al mencionado Tribunal de la Causa; se trasladó y constituyó este JUZGADO TERCERO EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS MARACAIBO, JESÚS ENRIQUE LOSSADA, SAN FRANCISCO, MARA, PAEZ Y ALMIRANTE PADILLA DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, en la dirección señalada por la parte actora, específicamente en la sede donde funciona la ALCALDIA DE MARACAIBO, ubicada geográficamente en la Vereda del Lago, en jurisdicción del Municipio Maracaibo del Estado Zulia.- Inmediatamente se procedió a notificar de la Misión del Tribunal al ciudadano (a) CREEZY GUTIERREZ ,venezolano (a), mayor de edad, portador (a) de la Cédula de Identidad Nº 12.134.338, en su condición de JEFE DE PERSONAL del mencionado Organismo, a quien se le impuso del contenido dispositivo de la presente ejecución. Seguidamente, este Tribunal Ejecutor de Medidas procede a identificar los conceptos a embargar, señalados en el Despacho Comisorio, los cuales se describen a continuación: Se ordena retener: A) EL TREINTA POR CIENTO (30%) mensual del sueldo que devenga el demandado de autos, ciudadano JESUS ANTONIO ADRIANZA CHACIN, portador de la cédula de identidad Nº 14.357.123, quien labora como COORDINADOR DE EVENTOS en la VEREDA DEL LAGO, adscrito a la ALCALDIA DE MARACAIBO.- B) EL TREINTA POR CIENTO (30%) de lo que pueda corresponder por concepto de aguinaldos o cualquier bonificación especial de fin de año.- C) EL CINCUENTA POR CIENTO (50%) sobre las Prestaciones sociales, caja de ahorros, fideicomiso que le pueda corresponder al obligado de autos en caso de despido, retiro voluntario o cualquier otra causa que de por terminada su relación laboral.- D) EL CIEN POR CIENTO (100%) sobre las primas por hijo y EL CIEN POR CIENTO (100%) de las primas por hogar, útiles escolares que pueda percibir el ciudadano JESUS ANTONIO ADRIANZA CHACIN.- En este estado, este JUZGADO TERCERO EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS MARACAIBO, JESÚS ENRIQUE LOSSADA, SAN FRANCISCO, MARA, PAEZ Y ALMIRANTE PADILLA DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECLARA: FORMALMENTE EMBARGADOS PREVENTIVAMENTE, los conceptos señalados y descritos en esta acta, y en consecuencia declara consumada la Desposesión Jurídica del ejecutado. Este Tribunal Ejecutor de Medidas, en ejercicio de su Potestad Jurisdiccional, le hace saber a la (el) representante de la (el) Notificado (a), lo siguiente: Que las cantidades a retener derivados de los conceptos establecidos en los literales “A”, “B” y “D” , deberán ser entregadas a la reclamantes de autos, ciudadana YUVISAY DEL CARMEN CHACIN MORONTA, portadora de la Cédula de Identidad Nº V-16.727.489, y las cantidades contenidas en el literal “C”, deberán ser remitidas en la figura de Cheque de Gerencia a nombre del Tribunal de la Causa, es decir, TRIBUNAL DE PROTECCIÓN DEL NIÑO Y DEL ADOLESCENTE DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, SALA DE JUICIO – JUEZ UNIPERSONAL N° 04. Asimismo, se ordena informar al mencionado Tribunal de la Causa, todo lo referente al sueldo básico, bono vacacional, prima por hijos o cualquier otro beneficio que perciba mensual o anualmente el reclamado de autos, e indicar de manera detallada las deducciones que recaen sobre el sueldo del referido demandado.- Se deja constancia, que el (la) representante de la Notificada, manifestó darse por notificado (a), a reservas de verificar si el ciudadano demandado, antes identificado, presta o prestó servicios para el Organismo que representa. Siendo las once y quince horas de la mañana ( 11:15 a.m.). Es todo. Terminó, se leyó y conformes firman.-

EL JUEZ,


ABG. GUSTAVO ORTIGOZA ATENCIO








EL (A) NOTIFICADO (A)

EL SECRETARIO TEMPORAL,


ABG. JUAN CARLOS MORENO