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JUZGADO CUARTO DE LOS MUNICIPIOS MARIÑO, GARCÍA, TUBORES, VILLALBA Y PENÍNSULA DE MACANAO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO NUEVA ESPARTA.  Porlamar, 07 de febrero de 2014.
 203° y 154°
 Vista la diligencia suscrita por la abogada MARÍA TERESA ALSINA VACA, inscrita en el Inpreabogado bajo el N° 85.456, actuando con el carácter de apoderada judicial de la parte actora, en la cual solicita al Tribunal el pronunciamiento sobre la ejecución forzosa y el cálculo  de las costas procesales, ya anteriormente solicitada.  En consecuencia este Tribunal  visto que en fecha 08 de julio del 2013, el Alguacil de este Juzgado consignó boleta de intimación del ciudadano NELSON AGUILAR, titular de la cédula de identidad N° V-12.818.179, la cual le fue debidamente recibida por dicho ciudadano, y que el mismo no compareció a cancelar o hacer oposición a los montos expresados en el decreto de Intimación, es por lo que este Juzgado declara firme el decreto de intimación dictado por este Tribunal en fecha 01 de julio del 2013.  En cuanto a los cálculos solicitados este Juzgado ordena realizarlo por auto aparte.   CÚMPLASE
 La Juez,
 
 
 Dra. Freyja Berbín Vargas                                                               La Secretaria Titular,
 
 Abg. Yanette González González
 Exp. N° 1.372-13
 FBV/ygg/wrr
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 JUZGADO CUARTO DE LOS MUNICIPIOS MARIÑO, GARCÍA, TUBORES, VILLALBA Y PENÍNSULA DE MACANAO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO NUEVA ESPARTA.  Porlamar, 05 de febrero de 2014.
 203° y 154°
 Vista la diligencia suscrita por la abogada MARÍA TERESA ALSINA VACA, inscrita en el Inpreabogado bajo el N° 85.456, actuando con el carácter de apoderada judicial de la parte actora, en la cual solicita la ejecución forzosa y el cálculo  de las costas procesales, ya anteriormente solicitada.  En consecuencia este Tribunal
 .   CÚMPLASE
 La Juez,
 
 
 Dra. Freyja Berbín Vargas                                                               La Secretaria Titular,
 
 Abg. Yanette González González
 Exp. N° 1.372-13
 FBV/ygg/wrr
 
 
 
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