REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL, TRANSITO Y AGRARIO
JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRÁNSITO
DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO NUEVA ESPARTA
La Asunción, 03 de febrero de 2014
203° y 154°
Vista la diligencia de fecha 30 de enero de 2014, suscrita por la abogada KARINA HOMSI, inscrita en el Inpreabogado bajo el Nº 99.291, con el carácter de apoderada judicial de la parte actora en el presente proceso, mediante la cual solicita se libre nuevo cartel de citación; este Tribunal acuerda de conformidad con lo solicitado. En consecuencia, se deja sin efecto el cartel de citación y el auto que lo ordena de fecha 04-12-2013, así como las publicaciones consignadas del mismo, y se ordena librar cartel de citación a los ciudadanos ADELIS JOSE GRATEROL URBINA, SUNMAGAN SANTHAKUMAR y DELIA NORIS SANTHAKUMAR, venezolano el primero y británicos los otros dos, mayores de edad, el primero titular de la cédula de identidad Nº 3.991.733, y los siguientes identificados con los Pasaportes Nos. 650448825 y 103135436, respectivamente, a los fines de que comparezcan ante este Tribunal dentro de los cuarenta (40) días siguientes, en horas de despacho que van desde las 8:30 a.m., hasta las 3:30 p.m., contados a partir de la publicación y consignación que del referido cartel se haga en el expediente.
Publíquese en los Diarios "Sol de Margarita" y "La Hora", durante treinta (30) días continuos, una vez por semana. Si pasado dicho término no compareciere los no presentes, ni ningún representante suyo, el Tribunal le nombrará defensor, con quien se entenderá la citación, de conformidad con lo establecido en el mencionado artículo 224 del Código de Procedimiento Civil.
Se le advierte a la parte, que garantizando el derecho a la defensa del Artículo 49 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela y cumpliendo con la sentencia de fecha 22-06-2001 del Tribunal Supremo de Justicia, que la publicación y consignación no puede exceder de un lapso de quince (15) días a partir de la fecha en que la parte recibe el Cartel. Que la publicación debe hacerse en letras cuya dimensión permita su fácil lectura sin ninguna dificultad, en caso contrario, no se aceptará su incorporación al expediente. Cúmplase.-
Expediente Nº 24.670
CBM/nmm/mcf.-