REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
Circuito Judicial de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la
Circunscripción Judicial del Estado Zulia, con sede en Cabimas
Tribunal Primero de Primera Instancia de Mediación, Sustanciación y Ejecución.
Cabimas, 5 de Febrero de 2014
203º y 154º
ASUNTO: VP21-V-2013-000357
Nº PJ0102014000172. Sentencia Interlocutoria.
Causa principal: RÉGIMEN DE CONVIVENCIA FAMILIAR.-
Parte demandante: ABIGAIL EUNICE ALVAREZ ROJAS, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-18.807.127, domiciliada en el Municipio Cabimas del Estado Zulia.-
Abogado Asistente: Abg. MILANGELA GUTIERREZ, inscrita en el inpreabogado bajo el No. 132.952
Parte demandada: DARWIN JOSE CORONADO ZAVALA, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-17.336.701, domiciliado en el Municipio Cabimas del Estado Zulia.
Niña: (Cuyos nombres se omiten de conformidad con el articulo 65 de la LOPNNA, de un año de edad.

En fecha nueve (09) de Enero de 2014, se realizó el anuncio público para la celebración de la Audiencia de sustanciación, previsto en el articulo 473 de la LOPNNA, en el presente asunto de Revisión de Sentencia (Régimen de Convivencia Familiar), en la sala de audiencia de este Circuito Judicial de Protección, no compareciendo de manera personal al mismo, las partes intervinientes en este procedimiento de Jurisdicción contenciosa.

En cumplimiento al mandato ordenado en el artículo 477 de la Ley Orgánica de Protección de Niños, niñas y Adolescentes.

Artículo 477:
“Si la parte demandante o la demandada no comparece sin causa justificada a la fase de sustanciación de la audiencia preliminar, se debe continuar ésta con la parte presente hasta cumplir con su finalidad. Si ambas partes no comparecen, se termina el proceso mediante sentencia oral, reducida a un acta que se publicara el mismo día…”

Por los motivos expuestos, este Juzgado Primero de Primera Instancia de Mediación y Sustanciación de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del estado Zulia, con sede en Cabimas, con fundamento en los argumentos y las normas jurídicas antes señaladas, resuelve:

• PRIMERO: TERMINADO el proceso intentado por la ciudadana ABIGAIL EUNICE ALVAREZ ROJAS, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-18.807.127, domiciliada en el Municipio Cabimas del Estado Zulia.
• SEGUNDO: No hay condenatoria en costas dada la naturaleza de lo aquí decidido.
Publíquese, regístrese y déjese copia certificada por secretaria de conformidad con lo previsto en el artículo 248 del Código de Procedimiento Civil en concordancia con el artículo 1384 del Código Civil y los numerales 3 y 9 del artículo 72 de la Ley Orgánica del Poder Judicial.
Dada, sellada y firmada en la sala de Despacho del JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA DE MEDIACIÓN, SUSTANCIACION Y EJECUCION DE PROTECCIÓN DE NIÑOS, NIÑAS Y ADOLESCENTES DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, con sede en Cabimas, a los cinco (05) días del mes de Febrero de dos mil catorce (2014). Años 203° de la Independencia y 154° de la Federación.

ABG. CARLOS LUIS MORALES GARCIA
Juez Primero de Primera Instancia de
Mediación, Sustanciación y Ejecución
La Secretaria,

Abg. Yajaira Josefina Chirinos Montero.

En esta misma fecha, se dicto y publico el fallo que antecede quedando registrado bajo el Nº PJ0102014000172, en el libro de sentencias interlocutorias llevado por este Tribunal.
La Secretaria,

Abg. Yajaira Josefina Chirinos Montero.
CLMG/YJCHM/lg