REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
EN SU NOMBRE:

PODER JUDICIAL
TRIBUNAL DÉCIMO QUINTO DE PRIMERA INSTANCIA DE SUSTANCIACIÓN, MEDIACIÓN Y EJECUCIÓN PARA EL NUEVO RÉGIMEN PROCESAL Y TRANSITORIO DEL CIRCUITO JUDICIAL DEL TRABAJO DEL ESTADO ZULIA

Maracaibo, Lunes diez (10) de Febrero de 2014.-
203º y 154º

EXPEDIENTE Nº VP01-L-2013-000427.-

ACTA DE DESISTIMIENTO POR LA INCOMPARECENCIA DE LOS CO- DEMANDANTES A LA PROLONGACIÓN DE LA AUDIENCIA PRELIMINAR

CO-DEMANDANTES: JUAN ROJAS, RAMON NAVA, EDUARDO MONTIEL, CELESTINO VILCHEZ y HUGO GOMEZ (No-Comparecieron); LOS APODERADOS (AS) JUDICIALES DE LOS CO-DEMANDANTES: VANESSA RIOS CANTILLO y JOEL GONZALEZ CHIRINOS (No-Comparecieron, ni ningún otro apoderado (a) judicial que representase a los co-demandantes de autos); CO-DEMANDADA: PEMEGAS C.A., (No compareció, ni representante legal, ni apoderado (a) judicial alguno que la representase); CO-DEMANDADA: DESARROLLOS URBANOS DE LA COSTA ORIENTAL DEL LAGO S.A., (DUCOLSA); SU APODERADA JUDICIAL: LILIAM GONZÁLEZ RUIZ (Compareció); MOTIVO: DIFERENCIAS DE PRESTACIONES SOCIALES.- En el día de hoy lunes diez (10) de Febrero de 2014, siendo las dos y treinta horas de la tarde (02:30 p.m), fecha y hora fijada, para que tenga lugar la celebración de la respectiva continuación de la Audiencia Preliminar en el presente asunto, conforme a auto de fecha 27/01/2014, el cual corre inserto al folio 174 de la presente causa, y realizados como fueron los anuncios de Ley respectivo por el Alguacil adscrito a este Circuito Judicial Laboral, ciudadano ARGENIS OLIVEROS, en tres (03) oportunidades, el Tribunal previamente abocado al conocimiento de la presente causa, deja expresa constancia de la comparecencia de la Abogada en ejercicio LILIAM GONZALEZ RUIZ, portadora de la Cédula de Identidad No. V.- 5.061.170, debidamente inscrita en el Inpreabogado bajo el No. 21.434, actuando en su condición de Apoderada Judicial de la parte co-demandada Sociedad Mercantil DESARROLLOS URBANOS DE LA COSTA ORIENTAL DEL LAGO S.A., (DUCOLSA). Asimismo, el ciudadano Juez de este Despacho, deja expresa constancia de la Incomparecencia de los co-demandantes de autos, ciudadanos JUAN ROJAS, RAMON NAVA, EDUARDO MONTIEL, CELESTINO VILCHEZ y HUGO GOMEZ, plenamente identificados en actas, y de algún apoderado (a) judicial que los representare en el presente acto de prolongación de la correspondiente Audiencia Preliminar; por lo que, de conformidad con lo previsto en el artículo 130 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo (LOPT), lo viable en derecho es declarar DESISTIDO el procedimiento y terminado el proceso, en consecuencia este TRIBUNAL DÉCIMO QUINTO DE PRIMERA INSTANCIA DE SUSTANCIACIÓN, MEDIACIÓN Y EJECUCIÓN PARA EL NUEVO RÉGIMEN PROCESAL Y TRANSITORIO DEL CIRCUITO JUDICIAL DEL TRABAJO DEL ESTADO ZULIA, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley declara: El desistimiento del procedimiento, debido a la no comparecencia de los co-demandantes JUAN ROJAS, RAMON NAVA, EDUARDO MONTIEL, CELESTINO VILCHEZ y HUGO GOMEZ, plenamente identificados en actas, y en consecuencia, declara terminado el presente proceso, ordenándose el archivo del expediente, una vez que transcurra el lapso de apelación respectivo. Publíquese, regístrese, archívese y déjese copia certificada de la presente decisión. Se levantó la presente acta, siendo las dos y cuarenta y siete horas de la tarde (02:47 p.m.), la cual firman:

El Juez,
Abg. Edmundo Finol Rincón.


La Apoderada Judicial de la co-demandada DUCOLSA,



La Secretaria,
Abg. Yasmira Galue.


EFR/EXP. VP01-L-2013-000427.-