ACTA
N° DE EXPEDIENTE: VP01-L-2013-001854
PARTE ACTORA: ARISTOBULO VARGAS DAVILA
APODERADOS DE LA PARTE ACTORA: LEDIS JOSE FERRER ROMERO
PARTE DEMANDADA: OCEANOGRÁFICA MERCATOR, C.A.
APODERADOS DE LA PARTE DEMANDADA: ROSSANA MARTÍNEZ
MOTIVO: PRESTACIONES SOCIALES.

ACTA DE MEDIACIÓN.

En el día hábil de hoy, Viernes Treinta y Uno (31) de Enero de 2014, siendo las Nueve de la mañana (9:00am), se dio inicio a la continuación de la Audiencia Preliminar fijada para el día de hoy, en la que comparecieron a la misma los Ciudadanos Abogados LEDIS JOSÉ FERRER ROMERO Y ROSSANA MARTÍNEZ en sus condición de APODERADOS JUDICIALES de la parte actora y demandada respectivamente, debidamente identificados en los instrumentos poderes otorgado por sus representados, tal y como consta en ACTAS ; quienes una vez instalada la audiencia Preliminar, y en los sucesivos actos de prolongación de la misma, el Ciudadano Juez que presidió dichos actos, conmino a las partes en la solución de la reclamación planteada a hacer uso de los modos alternos de solución de conflictos, en este sentido, las partes intervinientes conjuntamente con sus apoderadas judiciales y la actividad pro activa del Ciudadano juez, intervinieron de manera objetiva en la defensa de sus derechos e intereses; en las que con la firme intención de llegar a un acuerdo y evitar los efectos de un pronunciamiento judicial a través de sentencia, propusieron formulas y alternativas de solución al caso planteado, cediendo en sus posiciones y aspiraciones, acuerdo este que se pudo lograr y que se especifica a continuación: La parte demandada a través de su apoderado judicial presente en este acto, a modo de dar por terminado el presente procedimiento ofrece en cancelarle a la parte actora la cantidad de VEINTIÚN MIL BOLIVARES FUERTES (BsF= 21.000) para dar por satisfecho todos y cada uno de los conceptos laborales que demanda, pago este que se compromete a realizarlo de la siguiente manera: Un primer pago por la cantidad de DÍEZ MIL QUINIENTOS BOLIVARES (BsF=10.500) para ser cancelados en este acto mediante cheque de gerencia girado contra la entidad financiera Banco Mercantil de esta localidad, identificado con el número 32170709 de la cuenta jurídica numero 0105-0043-57-2043170709; y a favor del Ciudadano ARISTOBULO VARGAS parte actora; y un segundo y último pago por la misma cantidad para ser cancelados el día el día Viernes Catorce (14) de Febrero del presente año; dicho pago se compromete la demandada mediante su representantes legales o judiciales a hacerlos por ante la unidad de recepción de documentos de este circuito judicial laboral, mediante cheques girados contra cualquier entidad financiera de esta localidad, y a nombre del Ciudadano ARISTOBULOVARGAS parte actora, quien deberá comparecer para que reciba dichos pagos. En todo caso el presente acuerdo transaccional se regirá por lo estipulado en escrito de transacción que suscribieron las partes y que consigna en este acto constante de Cuatro (4) folios, para que forme parte de la presente acta y surte sus efectos legales. En este estado, visto el acuerdo transaccional suscritos por las partes el tribunal visto de que la mediación ha sido positiva, y verificada las facultades otorgadas a los apoderados judicial de la partes intervinientes, entre ellas las de convenir y transigir; de conformidad con lo previsto en el artículo 133 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo HOMOLOGA EL ACUERDO TRANSACCIONAL DE LAS PARTES, dándole efectos de la Cosa Juzgada, y se ABSTIENE de archivar el expediente hasta tanto no conste en actas el cumplimiento de la obligación asumida por la parte demandada, y en caso de incumplimiento bien sea parcial o total, dicha obligación de tendrá como de plazo vencido, lo que dará derecho a la parte actora de ejecutar forzosamente dicha obligación en contra de la demandada de autos, imputándosele todos los gastos que se pudieran acarrear. Se deja constancia de la devolución de los escritos de pruebas y sus anexos a los apoderados judiciales de las partes que consignaron al inicio de la audiencia preliminar, manifestando esta que las recibe conforme al número de folios consignados
El Juez
La Secretaria.
Abog. Alfredo García López. Aboga. Yasmely Borrego

Los Presentes.