EXP. N° 23459



República Bolivariana de Venezuela
En su nombre
Tribunal de Protección de Niño, Niñas s y Adolescentes de la
Circunscripción Judicial del Estado Zulia
Sala de Juicio –Juez Unipersonal Nº 1

PARTE NARRATIVA
Ocurren por ante este Juzgado la ciudadana LADYS ESTHER CELEDON CUADROS, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº 17.231.616, domiciliada en el Municipio Maracaibo del Estado Zulia, asistida por la Defensora Pública Décima abogada JANEY DIAZ DE CASTRO, obrando a favor del adolescente DARWIN ENRIQUE LOPEZ CELEDON.
Alegando que de la relación sentimental que mantuvo su hija ciudadana YADELIN SOFIA CELEDON, quien era venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° 14.544.901, la cual falleció el 23 de octubre de 2011 y el ciudadano LEWIS ENRIQUE LOPEZ LOPEZ, quien era venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° 11.292.130, el cual falleció el 26 de marzo de 2011, procrearon un hijo de nombre DARWIN ENRIQUE LOPEZ CELEDON y desde el momento de su fallecimiento su nieto ha quedado bajo sus cuidados sido ella quien le ha garantizándole una estabilidad física y emocional, cumpliendo a cabalidad con la responsabilidad de crianza, satisfaciendo todas sus necesidades, es por lo que solicita se le designe tutora interina de su nieto. Asimismo solicito se designe como protutor a la ciudadana BULMARA JOSEFINA LOPEZ, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° 4.747.667, suplente de protutor ciudadana YUSBELIS COROMOTO PARRA CELEDON, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° 12.305.553, miembros del consejo de tutela a los ciudadanos YAJAIRA ESTHER CELEDON, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° 14.544.910, YENIS MARIA CASTAÑEDA CELEDON venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° 22.520.397, LORENA LOPEZ DE FERNANDEZ, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° 17.097.866 y LENYS LOPEZ LOPEZ, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° 13.460.069.
A esa solicitud se le dio entrada el día 04 de Febrero de 2013, formando expediente con el N° 23459, admitiendo la solicitud cuanto ha lugar en Derecho, y se apertura el procedimiento de Tutela, a favor del adolescente DARWIN ENRIQUE LOPEZ CELEDON, oficiar al Equipo Multidisciplinario, a fin de solicitarle que elaboren un informe social amplio y detallado sobre las condiciones físico-ambientales, morales, socio-económicas y otro aspecto en el hogar que habita el adolescente de autos y notificar al Fiscal del Ministerio Público.
En fecha 05/03/2013, el Tribunal insto a la solicitante a consignar copia certificada del acta de defunción del causante.
En fecha 25/02/2013, se dio por notificada la Fiscal del Ministerio Público, cuya boleta fue agregada a las actas en fecha 28/06/2011.
En fecha 18/03/213, presente en la Sala de Juicio de este Tribunal, el adolescente DARWIN LOPEZ CELEDON, manifestó su opinión en relación a la presente autorización.
En fecha 21/03/2013, presente en la Sala de Juicio de este Tribunal, la abogada IRISTELIS RINCON, actuando en su condición de Fiscal Trigésima Cuarta del Ministerio Público, diligenció solicitando se inste a la solicitante a consignar documentación en la cual se demuestre el parentesco existente entre las personas propuestas y los adolescentes de autos.
En fecha 03/04/2013, el tribunal insto a la solicitante a consignar documentación que demuestre el parentesco existente entre el adolescente y las personas propustas como suplente y miembros del consejo de tutela.
En fecha 04/04/2013, se agrego a las actas resultas de informe social emanado del Equipo Multidisciplinario de los Tribunales de Protección de Niños, Niñas y Adolescente del Estado Zulia, constante de ocho (8) folios útiles.
En fecha 08/04/2013, presente en la Sala de Juicio de este Tribunal la ciudadana LADYS ESTHER CELEDON CUADROS, diligenció asistida por la asistida por la Defensora Pública Décima abogada JANEY DIAZ DE CASTRO, consignando copia certificada del acta de defunción del causante.
En auto de fecha 15/04/2013, el Tribunal designo como tutor interino del adolescente a la ciudadana LADYS ESTHER CELEDON CUADROS, protutor a la ciudadana BULMARA JOSEFINA LOPEZ, suplente de protutor a la ciudadana YUSBELIS COROMOTO PARRA CELEDON y como integrantes de consejo de tutela a las ciudadanas YAJAIRA ESTHER CELEDON, YENIS MARIA CASTAÑEDA CELEDON, LORENA LOPEZ DE FERNANDEZ, LENYS LOPEZ LOPEZ, a quienes se ordenan notificar a los fines de su aceptación o excusa y en el primero de los casos preste el juramento de Ley.
En fecha 15/04/2013, presente en la Sala de Juicio de este Tribunal, la ciudadana BULMARA JOSEFINA LOPEZ, se dio por notificada del cargo de protutor designado jurando cumplir los deberes inherentes al mismo.
En fecha 15/04/2013, presente en la Sala de Juicio de este Tribunal, la ciudadana LADYS ESTHER CELEDON CUADROS, se dio por notificada y aceptó el cargo de tutor interina designada jurando cumplir los deberes inherentes al mismo
En fecha 22/04/2013, presente en la Sala de Juicio de este Tribunal la ciudadana LADYS ESTHER CELEDON CUADROS, diligenció asistida por la Defensora Pública Décima abogada JANEY DIAZ DE CASTRO, consignando recaudos, asimismo solicito copias certificadas y la devolución de los originales.
En fecha 15/04/2013, presente en la Sala de Juicio de este Tribunal, la ciudadana YUSBELIS COROMOTO PARRA CELEDON, se dio por notificada y aceptó el cargo de suplente de protutor designado jurando cumplir los deberes inherentes al mismo.
En fecha 22/04/2013, presente en la Sala de Juicio de este Tribunal, las ciudadanas YAJAIRA ESTHER CELEDON, YENIS MARIA CASTAÑEDA CELEDON y LENYS LOPEZ LOPEZ, se dieron por notificadas y aceptaron del cargo de protutor designado jurando cumplir los deberes inherentes al mismo.
En fecha 22/04/2013, presente en la Sala de Juicio de este Tribunal la ciudadana LADYS ESTHER CELEDON CUADROS, diligenció asistida por la Defensora Pública Décima abogada JANEY DIAZ DE CASTRO, manifestando que debido que la ciudadana LORENA LOPEZ, tuvo que domiciliarse en la ciudad de Caracas, razón que le dificulta ejercer el cargo para el cual fue designada, es por lo que solicita sea sustituida por la ciudadana MARLYS LOPEZ FUENMAYOR, titular de la cédula de identidad N° 20.148.522.
En fecha 27/05/2013, presente en la Sala de Juicio de este Tribunal, el ciudadano WILLIAM ENRIQUE LOPEZ GUERRA, expuso manifestando que por cuanto padece de quebrantos de salud que le impiden atender las necesidades de su nieto, es por lo que se excusa para ejercer cargo en la presente tutela.
En auto de fecha 08/07/2013, el Tribunal ordenó dejar sin efecto la designación de fecha 15/04/2013, como integrante del consejo de tutela de la ciudadana LORENA LOPEZ DE FERNANDEZ, para cubrir la vacante se designa integrantes de consejo de tutela a la ciudadana MARLYS LOPEZ FUENMAYOR, a quien se ordenan notificar a los fines de su aceptación o excusa y en el primero de los casos preste el juramento de Ley.
En fecha 08/07/2013, presente en la Sala de Juicio de este Tribunal, la ciudadana MARLYS LOPEZ FUENMAYOR, se dio por notificada y aceptó el cargo integrante del consejo de tutela designado jurando cumplir los deberes inherentes al mismo.
En fecha 05/08/2013 y 22/10/2013, presente en la Sala de Juicio de este Tribunal la ciudadana LADYS ESTHER CELEDON CUADROS, asistida por la Defensora Pública Décima abogada JANEY DIAZ DE CASTRO, diligenció solicitando se sirva dictar sentencia.
Con esos antecedentes, este Órgano Jurisdiccional pasa a decidir con las siguientes consideraciones:

PARTE MOTIVA
I
Es importante destacar que La Declaración Universal de los Derechos Humanos, en cuanto a la Familia y derecho a opinar, establece en los artículos 16 en su ordinal 3 y 19, lo siguiente:

La familia es el elemento natural y fundamental de la sociedad y tiene derecho a la protección de la sociedad y del Estado.
II

Observa, este Juzgador que en el caso de autos, la ciudadana LADYS ESTHER CELEDON CUADROS, solicitaron la apertura de Tutela con el fin de que le sea nombrado al adolescente DARWIN ENRIQUE LOPEZ CELEDON, un tutor interino, y el mismo sea recaído en su persona en su condición de abuela materna, indicando las personas en la que serán recaídos los cargos de Protutor, Suplente de Protutor y Consejo de Tutela.

A tal efecto este Tribunal ordena transcribir el contenido de los artículos 308 y 309 de Código Civil:

Artículo 308. Si no hubiere tutor nombrado por el padre y la madre, la tutela corresponde de derecho al abuelo o a la abuela sobreviviente. Si existe más de uno, el Juez podrá acordarla a cualquiera de los abuelos, tomando en cuenta el interés, la salud, el bienestar del menor, y después de haber oído, si tiene más de doce (12) años de edad.

Artículo 309. A falta de los tutores anteriores el Juez de primera Instancia, oyendo antes al Consejo de Tutela, procederá al nombramiento de tutor.
Para dichos cargos será preferido, en igualdad de circunstancias, los parientes del menor del cuarto grado.

Analizadas las actas procesales especialmente las aceptaciones del Tutor Interino, Protutor, Suplente de Protutor e Integrantes del Consejo de Tutela, y cumplidos todos los requisitos exigidos por el Código Civil Venezolano para serle nombrado representante legal al adolescente de autos, provisto de Tutor, Protutor, Suplente de Protutor y Consejo de Tutela, es por lo que este Tribunal debe nombrarle al adolescente DARWIN ENRIQUE LOPEZ CELEDON, para el cargo de Tutor Definitivo a la ciudadana LADYS ESTHER CELEDON CUADROS. Designando para los cargos de: a) Protutor a la ciudadana BULMARA JOSEFINA LOPEZ, b) Suplente de Protutor a la ciudadana YUSBELIS COROMOTO PARRA CELEDON, c) como integrantes del Consejo de Tutela a los ciudadanos YENIS MARIA CASTAÑEDA CELEDON, YAJAIRA ESTHER CELEDON, MARLYS LOPEZ FUENMAYOR y LENYS LOPEZ LOPEZ, ya identificados. Así se Decide.-
PARTE DISPOSITIVA
DECISION
Por los fundamentos antes expuestos este Tribunal de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia, Sala de Juicio - Juez Unipersonal N° 1 administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley DECIDE:
a) NOMBRAR: Tutora Definitiva del adolescente DARWIN ENRIQUE LOPEZ CELEDON, a la ciudadana LADYS ESTHER CELEDON CUADROS, titular de la cédula de identidad N° 17.231.616.

b) Se ordena el archivo de este expediente.

c) No hay costas por la naturaleza del presente procedimiento.

Publíquese, Regístrese. Déjese copia certificada por Secretaría, de conformidad con el artículo 248 del Código de Procedimiento Civil.

Dada, firmada y sellada en la Sala 1 del Despacho del Tribunal de Protección de Niños, Niñas y Adolescente de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia, en Maracaibo, a los (15) días del mes de Enero de dos mil catorce (2014). 202º de la Independencia y 153º de la Federación.
EL JUEZ TITULAR UNIPERSONAL N° 1,

DR. HÉCTOR RAMÓN PEÑARANDA QUINTERO.

LA SECRETARIA,

MGS. ANGELICA MARIA BARRIOS

En la misma fecha el anterior fallo quedo anotado bajo el N° 25 en el Registro de Sentencias Definitivas llevadas por este Tribunal en el presente año. La Secretaria.
HPQ/342*