COMISIÓN N° 5118-13 5118/2014
REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
EN SU NOMBRE:
JUZGADO TERCERO EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS MARACAIBO, JESÚS ENRIQUE LOSSADA, SAN FRANCISCO, MARA, ALMIRANTE PADILLA Y PÁEZ DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA.
200 y 151°
En el día de hoy, martes siete (07) de Enero del año dos mil catorce (2.014), siendo las once horas de la mañana (11:00 a.m.), fecha y hora de constitución de este Juzgado, siendo la oportunidad fijada, para llevar a efecto la ejecución de la MEDIDA PREVENTIVA DE EMBARGO, decretado por el JUZGADO CUARTO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRÁNSITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, en el Juicio por DIVORCIO ORDINARIO, seguido por el ciudadano RAFAEL SEGUNDO GARCIA CHAVEZ, portador de la cédula de identidad Nº V-13.741.041, en contra de la ciudadana DESIREE JOSEFINA ROSALES SANCHEZ, portadora de la cédula de identidad Nº V- 11.609.393, llevado en el expediente No.13.615, de la nomenclatura correspondiente al mencionado Tribunal de la causa; se trasladó y constituyó este JUZGADO TERCERO EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS MARACAIBO, JESÚS ENRIQUE LOSSADA, SAN FRANCISCO, MARA, ALMIRANTE PADILLA Y PÁEZ DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, en la dirección señalada por la parte demandada, específicamente en la avenida la Limpia, en el edificio petróleos de Venezuela S.A. (antes edificio MIRANDA), frente a la Sociedad Mercantil tiendas MAKROS C.A., en jurisdicción del Municipio Maracaibo del Estado Zulia. Presentes en el sitio antes mencionado para ejecutar la medida comisionada, fuimos atendidos por el ciudadano KEINES REVEROL, venezolano, mayor de edad, titular de la cedula de identidad N° 19.074.180, en su carácter de Asistente de Gerente, de la mencionada empresa, quien nos manifestó, que el ciudadano RAFAEL SEGUNDO GARCIA CHAVEZ, portador de la cédula de identidad N° V-13.741.041, quien se desempeña como Buzo Marino, no pertenece a la empresa donde esta constituido el presente Juzgado Ejecutor de Medidas, el mencionado ciudadano RAFAEL SEGUNDO GARCIA CHAVEZ, antes identificado, se encuentra laborando en la sede PDVSA OPERACIONES ACUATICAS, MUELLE PATRIA GRANDE, ubicada en Ciudad Ojeda. Por la información suministrada el ciudadano KEINES REVEROL, venezolano, mayor de edad, titular de la cedula de identidad N° 19.074.180, en su carácter de Asistente de Gerente, este Juzgado Ejecutor que procedió a retirarse del lugar y a no practicar la medida comisionada, y trasladarse nuevamente a su sede principal, y así mismo ordena que la presente medida sea remitida para el Tribunal de la Causa para que se pueda ejecutar la medida decretada a favor del ejecutante, en la respectiva sede donde labora originalmente el ciudadano antes mencionado. Es todo. Siendo las once y cuarenta y cinco horas de la mañana (11:45 a.m). Terminó, se leyó y conformes firman .-
EL JUEZ,
ABG. GUSTAVO ORTIGOZA ATENCIO
EL (LA) NOTIFICADO (A),
L SECRETARIO TEMPORAL,
ABG. JUAN CARLOS MORENO
|